RESOLUCIÓN N° 34-SLYT-18

 

LA PLATA, 12 de septiembre de 2018.

 

VISTO el expediente, EX-2018-14879959-GDEBA-DGASLYT, por el cual se propicia la designación en el ámbito de la Secretaría Legal y Técnica, en el cargo de Secretaria Privada del Subsecretario Técnico de la agente Abril ANGELUCCI RIBOT y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por nota NO-2018-14631757-GDEBA-SSTSLYT el Subsecretario Técnico solicita la designación de Abril ANGELUCCI RIBOT como Secretaria Privada a partir del 1° de agosto de 2018;

 

Que la agente propuesta reúne las condiciones de idoneidad necesarias para desempeñar debidamente la función;

 

Que la agente citada revista en un cargo del agrupamiento personal administrativo, categoría 5, código 3-0000-XIII-4, cargo Inicial con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor en la Secretaría Legal y Técnica;

 

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

 

Que la situación se ajusta a lo previsto por los artículos 23, 111 inciso b), 114 y 165 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96 y de conformidad a lo establecido en el artículo 3 inciso 1) del Decreto N° 272/17 E y el artículo 2° del Decreto 699/18;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN

LOS DECRETOS N° 272/17 E Y N° 699/18

EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.06, SECRETARIA LEGAL Y TECNICA, a partir del 1° de agosto de 2018, a la agente Abril ANGELUCCI RIBOT (DNI N° 36.778.564 – Clase 1992) en el cargo de Secretaria Privada del Subsecretario

Técnico, quien reserva su cargo de revista en el agrupamiento personal administrativo, categoría 5, código 3-0000-XIII-4, cargo Inicial con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en los artículos 23, 111 inciso b), 114 y 165 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar. Cumplido, archivar.

 

Federico Salvai, Ministro

 

C.C. 10270