Fundamentos de la

Ley 11386

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

                                   Se somete a consideración de ese Honorable Cuerpo un proyecto de ley, mediante el cual es propicio modificar el artículo 3 de la Ley 11.046, de creación y funcionamiento de la cuenta especial “Servicio Penitenciario de la Provincia, Trabajos Penitenciarios Especiales”, incluyendo al Director de Trabajo Penitenciario como integrante del Consejo de Administración de la aludida cuenta.

                                    La Dirección de Trabajo Penitenciario fue introducida a la estructura orgánico-funcional de la institución, por el Decreto número 2541/1991 modificatorio de su similar 1300/1980, reglamentario del Decreto-Ley 9079/1978 –Ley Orgánica del Servicio Penitenciario-.

                                   La incorporación del titular de dicha Dirección al Consejo de Administración, deviene de fundamental importancia, en razón que la actividad laboral de los internos (su producido, comercialización y posterior aplicación al tratamiento readaptador), se canaliza por vía de la misma.

                                   Atento a lo expuesto, la aprobación de la propuesta permitirá contar con el valioso aporte de quien en forma directa e inmediata fiscaliza tal labor, contribuyendo de este modo al proceso de resocialización y capacitación de personas privadas por la justicia, de su libertad ambulatoria.

                                   Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.