DECRETO 994/01

 

La Plata, 19 de abril de 2001

 

Visto el expediente № 2.724-1.117/01, mediante el cual el Ministerio de Producción eleva el proyecto de decreto designando Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial № 12.460; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 3 de la Ley Provincial № 12.460, designando Autoridad de Aplicación, fue vetado por el Decreto №  2.450/00;

 

Que la Ley Provincial № 12.355 (de Ministerios), en su artículo 20, establece en cabeza del Ministerio de Producción asistir al Gobernador en la determinación de las políticas conducentes al ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades comerciales.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

Artículo 1.- El Ministerio de Producción será la Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial № 12.460, y tendrá a su cargo su cumplimiento y el de las normas que se dicten en su consecuencia.

 

Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor ministro secretario en el Departamento de Producción.

 

Artículo 3.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase al Ministerio de Producción a sus efectos. Cumplido, archívese.