DECRETO 994/01
La Plata, 19 de abril de 2001
Visto el expediente №
2.724-1.117/01, mediante el cual el Ministerio de Producción eleva el proyecto
de decreto designando Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial № 12.460;
y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 de la Ley Provincial № 12.460,
designando Autoridad de Aplicación, fue vetado por el Decreto № 2.450/00;
Que la Ley Provincial № 12.355
(de Ministerios), en su artículo 20, establece en cabeza del Ministerio de
Producción asistir al Gobernador en la determinación de las políticas
conducentes al ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades
comerciales.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1.- El Ministerio de Producción será la Autoridad de Aplicación de
la Ley Provincial
№ 12.460, y tendrá a su cargo su cumplimiento y el de las normas que se
dicten en su consecuencia.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor
ministro secretario en el Departamento de Producción.
Artículo 3.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dése al “Boletín
Oficial” y pase al Ministerio de Producción a sus efectos. Cumplido, archívese.