LEY 14831

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Suspéndese por el plazo de dieciocho meses (18) las acciones y diligencias pertinentes para la realización de la subasta del inmueble sobre el cual se encuentra edificado el denominado Hospital Vecinal Ciudad de Llavallol (Asociación sin fines de lucro), ordenada en los autos "Hospital Vecinal Ciudad de Llavallol (Asociación sin fines de lucro) s/Quiebra s/Incidente de liquidación de bienes (inmueble Matrícula 8651) (Expte. Nro. 78218) en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo del doctor Guillermo Fabián Rabino - Secretaría Única, sita en Teniente General Perón y Larroque, de la Localidad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los seis días del mes de julio del año dos mil dieciséis.