Fundamentos de la Ley 13327

 

 

 

Honorable Legislatura:

 

Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Honorabilidad solicitando la sanción del proyecto de ley adjunto, que modifica el artículo 24 de la Ley 5.827 -Orgánica del Poder Judicial- (texto ordenado por Decreto 3.702/92) y sus reformas, intentando a través del mismo trasladar dos (2) tribunales del Trabajo, actualmente sin funcionar y con asiento en la ciudad de General San Martín, hacia la ciudad de San Miguel.

Conforme datos suministrados por el Departamento de Estadística de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, correspondientes al primer semestre del año 2003, las causas ingresadas a los tribunales del Trabajo con sede en San Martín ascienden a 799, distribuidas entre cinco (5) tribunales que en la actualidad allí funcionan, es decir que, el promedio de causas iniciadas -en seis meses- por tribunal asciende a 159, mientras que el tribunal del Trabajo con sede en San Miguel, recibió en el mismo período la cantidad de 466 causas.

Asimismo se señala que, a través de la Resolución 3.047/03, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, solicita a los poderes Ejecutivo y Legislativo, se propicie la modificación de la Ley 5.827, trasladando dos (2) de los tribunales del Trabajo con asiento en General San Martín, que aún no funcionan, hacia la ciudad de San Miguel, haciendo referencia a datos estadísticos correspondientes al año 2002, indicando que: «el índice de causas iniciadas en cada uno del los cinco tribunales de General San Martín ascendió durante el año 2002 a un promedio de 408 mientras que en su similar sito en la ciudad de San Miguel fue de 1.071….

Además debe considerarse que la densidad poblacional de los partidos atendidos por los tribunales de General San Martín -General San Martín y Tres de Febrero- es notoriamente inferior a la que debe actuar por ante el mismo organismo con sede en San Miguel, que tiene competencia territorial sobre los partidos de San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas.

En virtud de lo expuesto y en pos de agilizar y optimizar el servicio de justicia, este Poder Ejecutivo solicita la aprobación del proyecto de ley adjunto.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.