DECRETO 4322/84
LA PLATA, 4 de julio de 1984.
VISTO lo dispuesto por los apartados II, III y IV, del artículo 6 del Decreto nº 965/77; y
CONSIDERANDO:
Que la grave situación económica que atraviesa la Nación hace indispensable implantar una severa austeridad en las decisiones de gobierno;
Que la Provincia de Buenos Aires debe mantener sus cuadros administrativos en el máximo de economía posible;
Que las situaciones de excepcionalidad enumeradas en el apartado II y consecuentemente III y IV del artículo 6 del Decreto nº 965/77, carecen de justificativo razonable en la actualidad;
Que el señor Gobernador debe controlar directamente los nombramientos del personal que ingrese a la Administración Provincial con la inmediatez que cada caso requiera en especial;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Deróganse los apartados II, III y IV, del artículo 6 del Decreto nº 965/77.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.
ARMENDARIZ.
J. A. Portesi