DECRETO 4322/84

 

LA PLATA, 4 de julio de 1984.

 

VISTO lo dispuesto por los apartados II, III y IV, del artículo 6 del Decreto nº 965/77; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la grave situación económica que atraviesa la Nación hace indispensable implantar una severa austeridad en las decisiones de gobierno;

 

Que la Provincia de Buenos Aires debe mantener sus cuadros administrativos en el máximo de economía posible;

 

Que las situaciones de excepcionalidad enumeradas en el apartado II y consecuentemente III y IV del artículo 6 del Decreto nº 965/77, carecen de justificativo razonable en la actualidad;

 

Que el señor Gobernador debe controlar directamente los nombramientos del personal que ingrese a la Administración Provincial con la inmediatez que cada caso requiera en especial;

 

Por ello, y en uso de sus atribuciones;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Deróganse los apartados II, III y IV, del artículo 6 del Decreto nº 965/77.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

ARMENDARIZ.

J. A. Portesi