FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9314
Por la ley que se sanciona se
procede a la ratificación de los Convenios celebrados con la Municipalidad de la
ciudad de Buenos Aires con fecha 28 de febrero y 20 de marzo de 1979, y en
virtud de los cuales la
Provincia de Buenos Aires ha acordado con la mencionada
Municipalidad la ejecución de un programa de reordenamiento urbano,
saneamiento, recuperación de áreas inundables y realización de obras de defensa
contra inundaciones en la ribera del Río de La Plata, desde la calle Salguero en la capital
Federal hasta el límite entre los Partidos de San Fernando y Tigre.
Los convenios que se aprueben
reconocen como antecedente el celebrado entre el Estado Nacional y la Provincia de Buenos
Aires el 20 de mayo de 1960, que fuera oportunamente ratificado por Ley
Nacional número 17.344 y por Ley Provincial nº 6481. Por este acuerdo –hace ya
19 años- se concordó en la necesidad de ejecutar obras de defensa contra las
inundaciones en la misma zona, procediéndose a la recuperación de tierras sobre
el Río de La Plata,
reordenando el uso de la ribera para permitir una optimización de su
aprovechamiento recreativo, facilitando el acceso al público en forma acorde
con las crecientes necesidades de esparcimiento.
El convenio del año 1960 nunca
fue ejecutado y jamás se realizó siquiera alguna de las obras previstas. Esta
circunstancia ha decidido a la
Provincia a reasumir la responsabilidad que le compete, en
cuanto a la parte del territorio objeto
del programa que se encuentra bajo su jurisdicción y a convenir con la Municipalidad de la
ciudad de Buenos Aires la extensión del mismo al sector ribereño de la Capital Federal,
asumiendo ambas jurisdicciones la tares de concretar las obras indicadas.
De acuerdo con los nuevos
convenios suscriptos, ambas partes confirman que las obras serán ejecutadas por
“CINTURÓN ECOLÓGICO AREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO” –sea directamente o
por contratista – y comprenderán: La sobreelevación
de los terrenos lindantes con la ribera que se encuentra bajo cota de inundación,
la recuperación de tierras ganadas al Río de La Plata mediante su
rellenamiento por cualquier método apto; la forestación, parquización
y demás obras necesarias para la implantación de parques
deportivos-recreativos, embarcaderos, amarraderos y cualquier otra instalación
similar y complementaria que integrarán el Sistema Regional de Parques
Recreativos, que actualmente construye la Sociedad del Estado antes citada: La urbanización
del área sujeta al programa con la construcción de las obras de infraestructura
de servicios y la construcción de la red vial vinculatoria,
que incluirá una autopista urbana a lo largo de la ribera entre la Capital Federal y
el Partido de San Fernando.
A efectos de no dilatar más la
realización de una obra de tamaña importancia, se ha previsto que “Cinturón
Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado” comience de inmediato las
tareas necesarias para la concreción de la misma.