FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9314

 

Por la ley que se sanciona se procede a la ratificación de los Convenios celebrados con la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires con fecha 28 de febrero y 20 de marzo de 1979, y en virtud de los cuales la Provincia de Buenos Aires ha acordado con la mencionada Municipalidad la ejecución de un programa de reordenamiento urbano, saneamiento, recuperación de áreas inundables y realización de obras de defensa contra inundaciones en la ribera del Río de La Plata, desde la calle Salguero en la capital Federal hasta el límite entre los Partidos de San Fernando y Tigre.

Los convenios que se aprueben reconocen como antecedente el celebrado entre el Estado Nacional y la Provincia de Buenos Aires el 20 de mayo de 1960, que fuera oportunamente ratificado por Ley Nacional número 17.344 y por Ley Provincial nº 6481. Por este acuerdo –hace ya 19 años- se concordó en la necesidad de ejecutar obras de defensa contra las inundaciones en la misma zona, procediéndose a la recuperación de tierras sobre el Río de La Plata, reordenando el uso de la ribera para permitir una optimización de su aprovechamiento recreativo, facilitando el acceso al público en forma acorde con las crecientes necesidades de esparcimiento.

El convenio del año 1960 nunca fue ejecutado y jamás se realizó siquiera alguna de las obras previstas. Esta circunstancia ha decidido a la Provincia a reasumir la responsabilidad que le compete, en cuanto a la parte del territorio  objeto del programa que se encuentra bajo su jurisdicción y a convenir con la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires la extensión del mismo al sector ribereño de la Capital Federal, asumiendo ambas jurisdicciones la tares de concretar las obras indicadas.

De acuerdo con los nuevos convenios suscriptos, ambas partes confirman que las obras serán ejecutadas por “CINTURÓN ECOLÓGICO AREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO” –sea directamente o por contratista – y comprenderán: La sobreelevación de los terrenos lindantes con la ribera que se encuentra bajo cota de inundación, la recuperación de tierras ganadas al Río de La Plata mediante su rellenamiento por cualquier método apto; la forestación, parquización y demás obras necesarias para la implantación de parques deportivos-recreativos, embarcaderos, amarraderos y cualquier otra instalación similar y complementaria que integrarán el Sistema Regional de Parques Recreativos, que actualmente construye la Sociedad del Estado antes citada: La urbanización del área sujeta al programa con la construcción de las obras de infraestructura de servicios y la construcción de la red vial vinculatoria, que incluirá una autopista urbana a lo largo de la ribera entre la Capital Federal y el Partido de San Fernando.

A efectos de no dilatar más la realización de una obra de tamaña importancia, se ha previsto que “Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado” comience de inmediato las tareas necesarias para la concreción de la misma.