DECRETO 3385/86

 

LA PLATA, 30 de mayo de 1986.

 

VISTO el expediente nº 2900-39362/86 del registro del Ministerio de Salud, por el cual la Dirección de Medicina Asistencial, dependiente de dicha Secretaría de Estado, solicita el otorgamiento de becas a favor de Médicos Ingresantes a Primer Año del Sistema de Residencias para Profesionales de la Salud - Primer Nivel de Capacitación- en distintos establecimientos asistenciales, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que habiéndose realizado en su oportunidad el correspondiente concurso, el Departamento Docencia e Investigación propone la asignación de las becas en la forma solicitada;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Acuérdase en concepto de beca, la suma mensual que en cada caso corresponda, a los profesionales que se citan en las planillas que como Anexo I pasa a formar parte integrante del presente, en su carácter de Médicos Ingresantes a Primer Año del Sistema de Residencias para Profesionales de la Salud - Primer Nivel de Capacitación- en distintos establecimientos asistenciales, por el período comprendido entre el 9 de mayo y el 31 de diciembre de 1986, de acuerdo a los montos vigentes y/o los que establezca en lo sucesivo el Ministerio de  Salud para este Nivel de Capacitación.

 

ARTÍCULO 2º.- Por la Dirección de Administración Contable del Ministerio de Salud, páguese a los profesionales citados en el artículo 1º, las sumas que en cada caso correspondan y por el concepto señalado, con cargo a la siguiente imputación: CARÁCTER 1- JURISDICCIÓN 6 - UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 3 - ITEM 11: DIRECCIÓN DE MEDICINA ASISTENCIAL- CÓDIGO 3-1-5 - SECCIÓN 1- SECTOR 3 - PARTIDA PRINCIPAL 4 - SUBPRINCIPAL 6 - PARCIAL 3 -SUBPARCIAL 1 - EJERCICIO AÑO 1986.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el  señor Ministro  Secretario en el Departamento de Salud.

 

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud (Dirección de Despacho), a sus efectos.