|
Fundamentos de la Ley 13038
|
|
El presente proyecto se relaciona con la deuda que mantiene el municipio de Saavedra con el Instituto de Obra Médico Asistencial.
Que por Decreto Nro. 80 de fecha 4 de julio de 1957 la municipalidad de Saavedra adhirió al régimen creado por el Decreto Nro.2.452/57 de la Intervención Federal (Instituto de Obra Médico Asistencial para el personal de la Administración General de la Pcia. de Bs. As.)
Que por expediente 50.556/92 los empleados municipales solicitaron la desafiliación al I.O.M.A. por no cumplir con los servicios, dando lugar a la sanción de la ordenanza Nro. 3.032/92, que deja sin efecto el decreto Nro. 80 del 04/07/1957, disponiéndose la desafiliación del personal municipal al Instituto de Obra Médico Asistencial de la Pcia. de Bs. As. a partir del 1 de junio de 1991.
Que la desvinculación generó la iniciación –por parte del I.O.M.A.- de una presentación judicial tendiente al cobro de aportes de obra social y que este conflicto no tiene posibilidad de solución expeditiva en el tiempo.
Que esta situación ha devengado una pretensión de deuda por parte del Instituto imposible de ser enfrentada pecuniariamente por el municipio en cuestión, agravada en los últimos tiempos por la situación económica general del país.
Que la referida desafiliación generó la imposibilidad de adherir a otra obra social a los empleados de menor percepción salarial de esa comuna en virtud de los costos, quedando sin una cobertura apropiada el sector de empleados de menores recursos.
Que el acuerdo obtenido entre el Departamento Ejecutivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales y el Honorable Consejo Deliberante, con el Instituto de Obra Médico Asistencial, generó la promulgación de la ordenanza Nro.4.838/02, por la cual se dispone la afiliación de todo el personal municipal a ese Instituto, entendiendo el beneficio que implica para las partes.
|