Fundamentos de la  Ley 13703

 

 

El correspondiente proyecto tiene como objeto la protección y formación integral de los menores de 18 años de edad.

            Actualmente éstos tienen acceso irrestricto a páginas web con contenido pornográfico, las mismas son visitadas generalmente desde una computadora sita en un local a cargo de un mayor responsable del mismo que lucra con el tiempo de permanencia en la red, no estando bajo la tutela de sus padres y por lo tanto totalmente desprotegidos.

            Lo que busco con la sanción de esta ley es acabar con esa práctica mediante la colocación de filtros de contenido para este tipo de páginas y responsabilizar, con multa y/o clausura, a las personas que exploten este tipo de comercios y que no los instalen o lo desactiven.

            Con la instalación de filtros para estas clases de páginas tal vez no se pueda evitar al cien por cien la no visita a ellas, pero se crea para el titular el deber de vigilancia de las páginas que están siendo consultadas por menores y la subsiguiente responsabilidad ante la falta del mismo.

            Preservar la salud psico-física de los menores asegurada en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Constitución de la Provincia donde se garantiza y se asegura que todo niño tiene derecho a la protección y formación integral, es el fin último de este proyecto de ley.

            Como antecedente tenemos a España en donde se establece una normativa similar sobre el mismo tema, también la Legislatura de la Ciudad Autónoma sanciona una ley con las mismas características a este proyecto.