LEY N° 15490

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Institúyese el día 14 de marzo de cada año como el “Día de la Endometriosis” en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes, desarrollará en el mes de marzo de cada año campañas de difusión, concientización y prevención sobre los síntomas y consecuencias de la endometriosis a fin de promover un mayor conocimiento de la enfermedad que posibilite su diagnóstico temprano, control y tratamiento oportuno. Se invitará a participar de la misma a instituciones educativas, médicas y científicas.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diez días del mes de julio de dos mil veinticuatro.