LEY 5163
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la señora viuda de Ignacio Fontán en calidad de subsidio por esta sola vez, la suma de veinticinco mil pesos moneda nacional ($ 25.000m/n).
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.