LEY 5163

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la señora viuda de Ignacio Fontán en calidad de subsidio por esta sola vez, la suma de veinticinco mil pesos moneda nacional ($ 25.000m/n).

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.