LEY 14907

 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase Sitio Histórico Cultural, incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 10.419 y modificatorias, al área de la ciudad de Junín conformada por:

a) Plaza 25 de Mayo: ubicada entre las calles Avenida Dr. Benito de Miguel, Bartolomé Mitre, Mayor López, Álvarez Rodríguez, cuyos datos catastrales son Circunscripción I, Sección K, Manzana 70.

b) Palacio Municipal: ubicado en la Avenida Rivadavia N° 16, cuyos datos catastrales son Circunscripción I, Sección K, Manzana 69, Parcela 4. Partida 054-008294-4.

c) Escuela Primaria Básica N° 1 “Catalina Larrart de Estrugamout”: ubicada en la calle Álvarez Rodríguez N° 27, cuyos datos catastrales son Circunscripción I, Sección K, Manzana 80, Parcela 2. Partida 054-005497-5.

d) Sede de la Sucursal del Banco de la Nación Argentina: ubicada en la calles Mayor López N° 26, cuyos datos catastrales son Circunscripción I, Sección L, Manzana 50, Parcela 1. Partida 054-003116-9.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de Marzo de dos mil diecisiete.