DECRETO 712/97


LA PLATA, 11 de ABRIL de 1997.


VISTO, el Decreto Nº 1850/90 por el que se aprobó el modelo tipo para los Convenios que las distintas jurisdicciones por medio de sus titulares puedan celebrar con las Autoridades de Establecimientos Universitarios, Terciarios y/o Escuelas Superiores de Estudios, para la designación de alumnos en calidad de Practicantes Rentados, y


CONSIDERANDO:

Que sus artículos 2° y 3° por los que se faculta a los titulares de esas jurisdicciones a celebrar Convenios y a suscribir designaciones, respectivamente, no incluyen al señor Secretario de Política Ambiental, en virtud de que esta Secretaría fue creada por Ley Nº 11.737 de fecha 14 de Diciembre de 1995;


Que por Decreto Nº 91/97 se aprobó el Convenio de Prácticas Rentadas entre dicha Secretaría y la Facultad Regional La Plata de la Universidad Tecnológica Nacional;


Que dicho acto habrá de generar designaciones de alumnos de esa Facultad;


Que para no requerir la intervención del Poder Ejecutivo para efectuarlas, como así tampoco para la suscripción de nuevos Convenios, se hace necesario incluir al titular de la Secretaría de Política Ambiental en los alcances de los artículos 2° y 3° del Decreto Nº 1850/90;


Por ello,


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


DECRETA:


ARTICULO 1.- Delégase en el señor Secretario de Política Ambiental el ejercicio de las facultades previstas en los artículos 2º y 3° del Decreto Nº 1850/90.


ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia.


ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.