DECRETO 712/97
LA PLATA, 11 de ABRIL de 1997.
VISTO, el Decreto Nº 1850/90 por el que se aprobó el modelo tipo para los
Convenios que las distintas jurisdicciones por medio de sus titulares puedan
celebrar con las Autoridades de Establecimientos Universitarios, Terciarios y/o
Escuelas Superiores de Estudios, para la designación de alumnos en calidad de
Practicantes Rentados, y
CONSIDERANDO:
Que sus artículos 2° y 3° por los que se faculta a los titulares de esas
jurisdicciones a celebrar Convenios y a suscribir designaciones,
respectivamente, no incluyen al señor Secretario de Política Ambiental, en
virtud de que esta Secretaría fue creada por Ley Nº 11.737 de fecha 14 de
Diciembre de 1995;
Que por Decreto Nº 91/97 se aprobó el Convenio de Prácticas Rentadas entre
dicha Secretaría y la Facultad Regional La Plata de la Universidad Tecnológica
Nacional;
Que dicho acto habrá de generar designaciones de alumnos de esa Facultad;
Que para no requerir la intervención del Poder Ejecutivo para efectuarlas, como
así tampoco para la suscripción de nuevos Convenios, se hace necesario incluir
al titular de la Secretaría de Política Ambiental en los alcances de los
artículos 2° y 3° del Decreto Nº 1850/90;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Delégase en el señor Secretario de Política
Ambiental el ejercicio de las facultades previstas en los artículos 2º y 3° del
Decreto Nº 1850/90.
ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín
Oficial y archívese.