DECRETO 712/04

La Plata, 15 de abril de 2004.

VISTO: La sanción de la Ley 13.175 -Ley de Ministerios-, que establece en su artículo 19 las competencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 13.175 ha fijado las competencias del Ministerio de Seguridad, determinando en particular para el Organismo citado, el asistir al Gobernador de la Provincia en la determinación, coordinación y ejecución de las políticas provinciales en materia de seguridad pública;

Que de la propuesta efectuada por el Ministerio de Seguridad, surge la necesidad de definir objetivos en razón de las competencias establecidas y acorde a las políticas determinadas para esa jurisdicción por el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

Que se conviene en esta primera instancia la aprobación de una apertura estructural con la consecuente definición de los cargos, que posibilite la preservación y continuidad operativo - funcional del citado Organismo, dejando para una etapa posterior el diseño desagregado de las unidades organizativas centralizadas y descentralizadas;

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de la Función Pública y la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º: Suprímense del Decreto 837/02 -aprobatorio de la estructura organizativa del ex Ministerio de Justicia y Seguridad- en lo pertinente a la cartera de Seguridad, las siguientes unidades orgánicas con los correspondientes cargos: Subsecretaría de Planificación y Logística de Seguridad; Dirección de Auditoría Institucional; Subsecretaría de Formación Profesional, Relaciones Institucionales y con la Comunidad; Subsecretaría Técnica-Administrativa; Dirección General de Despacho; Dirección General de Administración; y Dirección de Prensa, Difusión y Ceremonial.

Artículo 2º: Deróganse los Decretos 61 del 15 de diciembre de 1999; 4.020 del 14 de diciembre de 2000 y 2.806 del 4 de diciembre de 2001.

Artículo 3º: Apruébase en el ámbito del Ministerio de Seguridad, la estructura organizativa de acuerdo al organigrama, objetivos, funciones específicas, metas y acciones que como Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 forman parte del presente.

Artículo 4º: Determínanse para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: Subsecretario de Seguridad; Subsecretario de Investigaciones en Función Judicial; Subsecretario de Información para la Prevención del Delito; Subsecretario de Participación Comunitaria; Subsecretario de Formación y Capacitación; Subsecretario Administrativo; Responsable de la Unidad de Control de Gestión, con rango y remuneración equiparado al cargo de los señores Subsecretarios; Director General de Asistencia y Coordinación Técnica; Director General de Servicios y Operaciones Aéreas; y Director de Prensa, Difusión y Ceremonial, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial.

Artículo 5º: Facúltase al Ministro de Seguridad a constituir, en carácter de organismo asesor, la Unidad de Control de Gestión, ad-hoc o permanente, en la forma, modo e incumbencias que se determinen. Los lineamientos generales de asesoramiento y asistencia de la citada Unidad, deberán cumplir con las Funciones Específicas detalladas en el Anexo 3 del presente Decreto.

Artículo 6º: Déjase establecido que el Ministerio de Seguridad, previa intervención de los organismos competentes, deberá elevar al Poder Ejecutivo la propuesta de desagregación estructural del organismo. Durante ese período, se mantendrán con carácter provisorio las unidades organizativas vigentes con sus respectivas funciones, cargos estructurales, plantas de personal y partidas presupuestarias asignadas al organismo.

Artículo 7º: El Ministerio de Seguridad propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo, las que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.

Artículo 8º: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad, Economía y de Gobierno.
Artículo 9º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.


ANEXO 2

OBJETIVOS DE LAS SUBSECRETARIAS

MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD

1. Proponer, elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos necesarios a la aplicación de las políticas provinciales que se definen en materia de orden público, para la prevención y seguridad de las personas y de sus bienes particulares, como así también en la prevención de las faltas y de los delitos tipificados en la legislación vigente, asegurando el resguardo de los derechos y garantías que la Constitución consagra y brindando la información pública requerida.

2. Organizar y asegurar el cumplimiento de los lineamientos en la conducción y dirección de las Policías abocadas a la seguridad en general en cada Departamento Judicial de la Provincia, de los servicios operativos centralizados, y la de Seguridad Vial, Bomberos, Sistema de Defensa Civil y demás cuerpos creados al efecto, concibiendo e implementando los planes de fortalecimiento institucional pertinente, preventivos y correctivos. Participar y expedirse, previo a la consideración del Poder Ejecutivo sobre la evaluación de las propuestas de designaciones y ascensos del personal policial.

3. Intervenir en la supervisión y evaluación de la actualización de las Policías abocadas a la seguridad general de cada departamento judicial de la Provincia, de los servicios operativos centralizados y de la Seguridad Vial.

4. Proponer, elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos referidos a la prevención de las catástrofes y a las acciones derivadas de estos acontecimientos procurando resguardar la vida y bienes de las personas afectadas, el reestablecimiento del orden público y la adopción de medidas de emergencia a fin de atenuar sus consecuencias, brindando la ayuda y cooperación de que se disponga, coordinando pautas y actividades con otros organismos municipales, provinciales, nacionales, públicos o privados en general.

5. Elaborar y proponer anteproyectos normativos de aplicación en el área de incumbencia de la Subsecretaría.

6. Desarrollar, dentro del marco de las normas legales y conductas éticas que tutelan el estado de derecho, la inteligencia correspondiente al campo de conducción política del esfuerzo de las policías en materia de seguridad y defensa civil, aplicando los productos obtenidos a la preservación de la vida, libertad y patrimonio de los ciudadanos y la defensa de las instituciones de la democracia.

7. Coordinar con otras áreas, dependencias y organismos involucrados, la realización de estudios científicos que faciliten el diseño de cursos de acción relacionados con la problemática criminal en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

8. Proponer los instrumentos legales necesarios e inherentes al tratamiento de la problemática de seguridad por parte del área.

9. Ejercer acorde a la legislación vigente, el poder de policía que le compete para el cumplimiento de las responsabilidades y funciones que le son asignadas por las normativas vigentes.

10. Participar con los organismos nacionales y provinciales pertinentes en la adopción de las medidas necesarias para la prevención, represión y lucha contra el tráfico ilícito de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en todas sus modalidades, concertando pautas y acciones a fin de elaborar estrategias comunes que puedan incluir programas internacionales en la materia.

11. Intervenir, controlar y supervisar el diseño y ejecución de estrategias de prevención y/o de seguridad, orientando el uso de los recursos humanos, materiales y los demás medios a ser aplicados.

12. Formular y establecer las instrucciones generales o particulares para la prevención de hechos delictivos o vulneratorios de la seguridad pública que propendan al mantenimiento o restablecimiento de la misma.

13. Intervenir en las cuestiones relacionadas a los mecanismos de seguridad privada y/o adicional, ejecutada y/o requerida por terceros.

14. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

15. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conformación de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

16. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de formación, capacitación y participación comunitaria.

SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIONES EN FUNCION JUDICIAL

1. Proponer, elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos necesarios a la aplicación de las políticas provinciales que se definen en materia de investigaciones en función judicial, policía científica, de alta complejidad, de investigaciones vinculadas con el narcotráfico y narcocriminalidad.

2. Organizar y asegurar el cumplimiento de los lineamientos en la conducción y dirección de la Policía de Investigaciones en Función Judicial, concibiendo e implementando los planes de fortalecimiento institucional pertinente. Participar y expedirse, previo a la consideración del Poder Ejecutivo sobre la evaluación de las propuestas de designaciones y ascensos del personal del área.
3. Proponer planes, programas y proyectos relacionados al cumplimiento de las funciones esenciales de la Policía de Investigaciones en Función Judicial.

4. Elaborar y proponer los instrumentos legales propios del área.

5. Coordinar las acciones de programas y proyectos referidos al traslado y custodia de detenidos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

6. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conformación de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

7. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

8. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de formación, capacitación y participación comunitaria

SUBSECRETARIA DE INFORMACION PARA LA PREVENCION DEL DELITO

1. Proponer, elaborar e implementar los planes, programas y proyectos necesarios para la evaluación de información para la prevención del delito.

2. Organizar y dirigir estudios estadísticos e investigaciones criminológicas, tendientes a conformar un cuadro de situación tal que permita un acabado conocimiento de la realidad de la Provincia sobre la problemática de la seguridad pública como asimismo de las cuestiones que hacen a la política criminal.

3. Organizar, administrar y mantener actualizadas las bases de datos de información para la planificación racional del despliegue de actividades para la prevención e investigación del delito.

4. Diseñar el Mapa Criminológico de la Provincia.

5. Organizar el sistema de comunicaciones a los fines de ser utilizado en la planificación para la prevención del delito e investigaciones judiciales.

6. Intervenir en el proceso de incorporación tecnológica.

7. Asistir, asesorar e interactuar con la Subsecretaría de Seguridad y la Subsecretaría de Investigaciones en Función Judicial para la programación de las actividades.

8. Asistir, asesorar e intervenir en las propuestas de modificación normativa vinculada a la competencia de la Subsecretaría de Seguridad y la Subsecretaría de Investigaciones en Función Judicial.

9. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

10. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de formación, capacitación y participación comunitaria

SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION COMUNITARIA

1. Organizar e implementar las acciones que tiendan a fomentar la participación de la comunidad en la prevención de actos que vulneran la seguridad, en coordinación con las organizaciones, las áreas y dependencias involucradas en la temática.

2. Diseñar un contexto que permita la participación efectiva de todos los miembros de la comunidad, a fin de facilitar la interacción de todas las partes y actores relevantes en la construcción de un nuevo modelo integrado sociedad-justicia-seguridad.

3. Diseñar, promover y difundir programas con el fin de fortalecer conductas individuales y colectivas en materia de prevención y seguridad para el ciudadano.

4. Atender los requerimientos individuales y/o colectivos relacionados con la problemática en materia de prevención y seguridad, asesorando sobre la intervención, tratamiento y derivación pertinente.

5. Asegurar el efectivo apoyo y atención de las áreas y dependencias de la Jurisdicción afectadas en las cuestiones planteadas por el Defensor de la Seguridad, foros vecinales, comunitarios y/o representantes individuales y/o colectivos de la comunidad con cometidos similares.

6. Participar en la elaboración e implementación de programas especiales que contribuyan a recomponer el tejido social y recuperar el estado natural de seguridad y calidad de vida en aquellas zonas definidas como socialmente críticas.

7. Diseñar y coordinar la implementación de programas que favorezcan la relación de los cuerpos de seguridad con los habitantes de la Provincia de Buenos Aires.

8. Implementar mecanismos de participación ciudadana -audiencias públicas, consultas y encuentros- a fin de elaborar un diagnóstico de situación que permita identificar y definir la problemática a abordar.

9. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conforninción de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

10. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

11. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de formación, capacitación.

SUBSECRETARIA DE FORMACION Y CAPACITACION

1. Diseñar y evaluar un sistema integrado de programas de formación y capacitación que propendan a fortalecer el proceso del cambio de la cultura institucional.

2. Desarrollar las acciones tendientes a lograr un efectivo cambio en la cultura organizacional, contribuyendo a fortalecer los procesos de reforma y modernización en materia de seguridad en el ámbito provincial, coordinando pautas y criterios con los organismos y dependencias involucradas.

3. Proponer las currículas de formación y los objetivos de las acciones de capacitación de los agentes que conforman el sistema integrado de seguridad.

4. Organizar e implementar los programas de formación y capacitación de los miembros ingresantes y efectivos de los cuerpos especializados de seguridad y de los demás integrantes de la Jurisdicción y de la comunidad, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y municipales, públicos o privados competentes y/o involucrados en la temática.

5. Coordinar pautas y criterios con las áreas de administración de personal de la Jurisdicción, en la detección de necesidades de formación y capacitación que aseguren la debida profesionalización y desarrollo de la carrera de los agentes en el marco de los lineamientos generales que dicte el Poder Ejecutivo Provincial, y con la debida participación de los organismos y dependencias competentes.

6. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conformación de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

7. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

8. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de participación comunitaria.

SUBSECRETARIA ADMINISTRATIVA

1. Planificar, controlar y fiscalizar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Organismo. Aprobar el proyecto de presupuesto anual de las distintas dependencias del mismo, y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes.

2. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores de las dependencias y Areas del Ministerio, de acuerdo a las normativas y reglamentaciones vigentes y en un todo de acuerdo con las instrucciones que imparta el Ministerio de Economía.

3. Planificar y fiscalizar la correcta ejecución de las actividades relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales como, así también, la realización en tiempo y forma de las gestiones vinculadas a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.

4. Programar y controlar las actividades relacionadas con la administración del personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, el control de la asistencia, la confección y archivo de legajos, actualización de las estructuras organizativas, plantas de personal, agrupamientos, y demás actividades vinculadas al tema, en coordinación con la política de personal que fije el Poder Ejecutivo.

5. Organizar y determinar las modalidades de la prestación del servicio técnico administrativo necesario a las dependencias de la Jurisdicción diligenciando las actividades propias a la mesa general de entradas, salidas y archivo, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas y archivos de documentación, sistemas de informática, control y registro de redes y PC, hardware y software, asignación de espacios, elaboración de mapas e índices de telefonía y todo lo relacionado con los procedimientos y diligenciamiento de los actos administrativos.

6. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias del Organismo.

7. Asegurar el debido apoyo en tiempo y forma a los requerimientos que, vinculados al uso y disponibilidad de los recursos humanos, económicos, financieros, materiales y servicios, formulen las distintas áreas y dependencias de la jurisdicción.

8. Controlar el debido proceso sumarial administrativo que se instruya al personal de las policías de la Provincia, a excepción de las faltas de corrupción y abuso funcional.

9. Integrar la Comisión de Preadjudicación.

10. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conformación de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

11. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

12. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de formación, capacitación y participación comunitaria.

ANEXO 3

FUNCIONES ESPECIFICAS

MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION

1. Asistir y asesorar al señor Ministro en la implementación del sistema de autoría y control de gestión, a fin de facilitar el control y la evaluación de la implementación de la política de seguridad y del funcionamiento de las policías de la Provincia, así como de aquellas áreas específicas que contribuyan a posibles aumentos de ingresos y/o reducción de costos.

2. Diseñar y proponer el Plan Anual de Auditoría y Control de Gestión, ponderando los proyectos y evaluando los posibles riesgos.

3. Proponer la conformación de equipos interdisciplinarios para la implementación de las distintas auditorías y control de gestión contable, económica, financiera, patrimonial, legal, operativa, productos, procesos, resultados y servicios.

4. Coordinar la ejecución de las distintas auditorías y verificar la aplicación de normas y procedimientos.

5. Elaborar informes formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes.

6. Efectuar el seguimiento y verificación de las correcciones dispuestas en virtud de las recomendaciones y observaciones realizadas y proponer al Ministro en caso de inobservancia, las medidas que estime necesarias.

7. Coordinar con la Dirección General de Asistencia y Coordinación Técnica la convocatoria y selección de los miembros integrantes de los equipos interdisciplinarios de auditoría y control de gestión.

ANEXO 4

METAS DE LAS DIRECCIONES
PROVINCIALES O GENERALES

MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS Y OPERACIONES AEREAS

1. Organizar, brindar, garantizar y supervisar la adecuada y pertinente prestación de los servicios aéreos a las autoridades y reparticiones del Ministerio.

2. Programar los servicios aéreos acorde a los requerimientos, coordinando pautas y criterios con las autoridades provinciales y demás dependencias del Ministerio.

3. Participar, prestando el servicio de traslado aéreo, en las acciones encuadradas dentro de los cometidos ministeriales, tendientes a ejercer el control y vigilancia aérea, colaborando en la prevención y represión de los delitos, contravenciones, controles vehiculares, traslado de detenidos y patrullajes.

4. Organizar y controlar el funcionamiento de las bases aéreas del Ministerio.

5. Verificar el cumplimiento de las normativas aeronáuticas, vigentes relacionadas con las aptitudes e idoneidad del personal a cargo, coordinando pautas, criterios y acciones con las dependencias y organismos competentes.

6. Asegurar el adecuado cuidado, estado de conservación, mantenimiento y reparación de la flota aérea ministerial, de acuerdo a la normativa vigente y coordinando todos aquellos requerimientos económicos, financieros y patrimoniales con la Subsecretaría Administrativa.

7. Participar en la elaboración de un Plan Integrado de Apoyo Logístico para el debido cumplimiento de los objetivos asignados al organismo, determinando la afectación y prestación de los servicios aéreos.

8. Mantener actualizado un registro de las unidades aéreas, la pertinente documentación, personal afectado y trasladado, normativas vigentes y gastos operativos.

9. Propiciar la formación de especialistas (pilotos de aeronaves, técnicos y mecánicos) y fomentar el intercambio de conocimientos técnicos con organismos nacionales, internacionales, públicos y/o privados.

10. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conformación de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

11. Brindar la colaboración que le requiera la Unidad de Control de Gestión para el cumplimiento de sus fines.

DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA Y COORDINACION TECNICA

1. Programar, organizar, supervisar y efectivizar la asistencia a las autoridades de la Unidad Ministro, y verificar el cumplimiento de las determinaciones fijadas para la temática por parte de las reparticiones competentes.

2. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo técnico administrativo para el cumplimiento de las funciones específicas de la Unidad de Control de Gestión.

3. Coordinar con la Unidad de Control de Gestión la propuesta para la selección de miembros de conformación de los equipos interdisciplinarios de auditoría y control de gestión, gestionando los acuerdos, convenios, contratos pertinentes.
4. Mantener actualizado un registro con los informes de auditorías y controles de gestión, con sus correspondientes observaciones y recomendaciones.

5. Evaluar técnica y jurídicamente la documentación, actuaciones, proyectos y actos administrativos que ingresen o egresen a la Unidad Ministro. Coordinar las actividades relacionadas con la atención de la Secretaría Privada.

6. Coordinar las actividades e intervenir, previo a la refrenda del Sr. Ministro, en los anteproyectos de actos normativos y actuaciones elaboradas por las distintas dependencias.

7. Recopilar datos e información de las distintas áreas y dependencias a fin de elaborar la memoria anual de actuación del Ministerio.

8. Participar en la recopilación de información y confección de la agenda sistémica del Ministerio.

9. Colaborar con la Subsecretaría Información para la Prevención del Delito para la conformación de bases de datos e informaciones vinculadas con las materias de su competencia.

10. Participar y colaborar en la definición de objetivos relacionados con los planes y programas de formación y capacitación y participación comunitaria.

ANEXO 5

ACCIONES DE LAS DIRECCIONES

MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCION DE PRENSA, DIFUSION Y CEREMONIAL

1. Organizar las actividades relacionadas con el protocolo en los actos oficiales, ceremonias y reuniones. Asesorar y asistir a las autoridades del linisterio en lo concerniente a invitaciones, viajes, reuniones, comidas y visritas.
2. Confeccionar la agenda de actos oficiales y organizar el correcto desenvolvimiento de los mismos.
3. Organizar y coordinar la participación en los actos públicos y tramitar las invitaciones que reciba el señor Ministro y las autoridades como así también atender a las delegaciones y personalidades que concurran a entrevistarse con los mismos.
4. Elaborar la información y difundir todos los actos ministeriales.
5. Supervisar las tareas de prensa, manteniendo permanente relación con los servicios informativos de los distintos medios de comunicación masiva.
6. Implementar las acciones requeridas a la prestación de los servicios de apoyo necesarios para la difusión de las distintas actividades del señor Ministro y autoridades de la jurisdicción, con relación a los medios de comunicación masiva.
7. Analizar e informar sobre la documentación y artículos de divulgación que ingresan y egresan del organismo, realizando los controles pertinentes. Programar y mantener actualizado el registro de comunicados y declaraciones oficiales.
8. Implementar las actividades periodísticas y de divulgación de la información.
9. Elaborar y mantener actualizado el registro de autoridades.