DECRETO 1204/2026
LA PLATA, 20 de Agosto de 2026
VISTO el expediente EX-2026-08098204-GDEBA-DVMIYSPGP de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, por el cual tramita la inclusión del agente Francisco Rubén ALTAMIRANDA en los términos de la Ley N° 10.593 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el agente Francisco Rubén ALTAMIRANDA fue designado en un cargo de Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.328, bajo los alcances de la Ley N° 10.592, mediante Decreto N° 3552/09, tomando posesión de dichas funciones el 17 de mayo de 2010;
Que, actualmente, el citado agente revista en un cargo de Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.328, en el Agrupamiento Personal de Servicio, Categoría 9, Clase IX, Código 6-09-000, Oficial de Servicios “C”, con un régimen de treinta y cinco (35) horas semanales de labor en el ámbito de la Dirección de Vialidad;
Que obra agregado al expediente el Certificado Único de Discapacidad del interesado, expedido por la Junta Evaluadora de Junín;
Que el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires dictaminó que el agente es portador de una discapacidad de carácter estable y permanente, con una categoría 3 en la escala de pronóstico, por lo que es dable la inclusión al régimen de la Ley N° 10.593;
Que, conforme lo expuesto, corresponde incluir a Francisco Rubén ALTAMIRANDA en el régimen de la Ley N° 10.593, a partir de la fecha de su ingreso a la Administración Pública provincial -17 de mayo de 2010-;
Que el Administrador General de la Dirección de Vialidad avala el trámite propiciado;
Que han tomado la intervención de su competencia de la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que, asimismo, Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Incluir, en la Jurisdicción 1.1.2.14.00.040 - DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a Francisco Rubén ALTAMIRANDA (DNI Nº 31.266.355 - Clase 1984), en el régimen de la Ley N° 10.593 de Prestaciones Previsionales para Agentes con Discapacidad del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 17 de mayo de 2010, fecha de su ingreso en la Administración Pública Provincial, conforme Decreto N° 3552/09.
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y Gobierno.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, pasar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.