Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Normativa Nº 52/11

 

La Plata, 29 de septiembre de 2011.

 

VISTO que mediante expediente N° 22700-7204/11 la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente propicia la modificación, en su parte pertinente, de la Resolución Normativa N° 29 de fecha 26 de mayo de 2011, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Normativa N° 29/11, se modificó la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires –ARBA–, que fuera aprobada por Resolución Normativa N° 75/09 y demás actos ampliatorios y modificatorios;

Que habiéndose efectuado un estudio pormenorizado de la misma y con el objeto de lograr una mayor eficiencia en el cumplimiento de los objetivos y metas asignadas a ARBA, deviene pertinente modificar las acciones establecidas en dicha norma para las distintas áreas y dependencias de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente;

Que asimismo, se propicia aprobar e incorporar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, en las Gerencias de Operaciones Área Metropolitana, e Interior, dos unidades organizativas de nivel de Departamento, que se aboquen a la apoyatura técnica correspondiente de tales instancias;

Que en orden a lo expuesto, resulta oportuno y conveniente, en esta instancia, el dictado del acto administrativo pertinente que materialice lo actuado;

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e) y 9° inciso a) de la Ley N° 13.766;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Sustituir el Anexo 2a de la Resolución Normativa N° 29/11 por el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, en orden a los motivos expuestos en la parte considerativa.

 

ARTÍCULO 2°. Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente; Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, las unidades organizativas que a continuación se consignan, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 2 y 3, respectivamente, forman parte integrante del presente acto administrativo.

- Departamento de Relatoría Área Metropolitana II, dependiente de la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana.

- Departamento de Relatoría Área Interior, dependiente de la Gerencia de Operaciones Área Interior.

 

ARTÍCULO 3°. Determinar, de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, los siguientes cargos: UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Relatoría Área Metropolitana II; y UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Relatoría Área Interior; todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10.430 –T.O. por Decreto Nº 1869/96 y Decreto Reglamentario Nº 4161/96–).

 

ARTÍCULO 4°. La Gerencia de Presupuesto y Contabilidad, tramitará ante la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero del año en curso.

 

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Martín Di Bella

Director Ejecutivo

 

ANEXO 1

AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN

Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

 

Generar una efectiva percepción del riesgo ante el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes con el fin de combatir la evasión fiscal mediante la fiscalización y la determinación de los impuestos provinciales utilizando procesos integradores diferenciando los contribuyentes y responsables en función de su condición de riesgo. Incentivar el cumplimiento consciente, la cultura tributaria y la responsabilidad social, garantizando un servicio de atención al contribuyente de calidad.

 

ACCIONES

1. Definir los lineamientos y diseñar los Planes de Fiscalización con sus respectivas Matrices de Intervención, asegurando la implementación de acciones de fiscalización que resulten oportunas, eficaces y eficientes.

2. Impulsar y verificar la instrumentación de metodologías remotas y presenciales que, conforme el riesgo fiscal involucrado, garanticen la detección y sanción de los sujetos incumplidores, procediéndose a la liquidación y determinación de los tributos, sus accesorios y multas, y la aplicación de sanciones previstas en la legislación vigente.

3. Asegurar, administrar y controlar la ejecución de toda otra medida vinculada a incrementar la percepción del riesgo de incumplimiento.

4. Coordinar la realización de acciones de carácter especial con las áreas correspondientes y/o conjuntas con otros organismos públicos subnacionales, nacionales, regionales o internacionales en el marco de los acuerdos y/o convenios que se celebren, para la oportuna verificación del grado de cumplimiento tributario de los contribuyentes y responsables de los diferentes tributos provinciales.

5. Determinar, percibir y exigir los impuestos provinciales, como asimismo, instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras, decomisos y secuestro de vehículos.

6. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Intervenir en la resolución y denegación de demandas de repetición y en la solicitud de exenciones, conforme la delegación de facultades otorgadas.

8. Intervenir en la solicitud de medidas cautelares de conformidad a lo previsto en los artículo 13 y 14 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

9. Garantizar la provisión de servicios que faciliten el cumplimiento voluntario en materia tributaria y catastral.

10. Desarrollar los medios y las herramientas adecuadas para agilizar y simplificar los trámites vinculados a las obligaciones de los contribuyentes y responsables.

11. Establecer procedimientos dirigidos a la simplificación de los trámites que los contribuyentes deben realizar en su relación con la Agencia de Recaudación, garantizando la aplicación de estándares de calidad y transparencia en la determinación de los mismos.

12. Brindar un servicio de calidad en la atención al ciudadano en cuanto al trato dispensado, disponibilidad de información y asistencia en la interpretación y/o aplicación de la normativa.

13. Velar por la celeridad, transparencia, equidad y seguridad jurídica en la interacción con el ciudadano.

14. Asegurar, administrar y controlar la ejecución de toda otra medida vinculada a la mejora en la calidad del servicio al ciudadano.

15. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

16. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN

Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

Optimizar la prestación de servicios de atención y contacto con los individuos y contribuyentes, mediante la gestión de metodologías y sistemas innovadores tendientes a promover y facilitar el cumplimiento fiscal y catastral, coordinando y asistiendo, también, a los requerimientos de otras áreas de la organización.

 

ACCIONES

1. Procurar la correcta atención y asistencia al individuo y contribuyente respecto del trato dispensado, de la interpretación y/o aplicación de la normativa vigente, y en general de la resolución de las consultas, reclamos y/o trámites efectuados, en el ámbito de su competencia.

2. Definir, aprobar e implementar planes, programas, compromisos de gestión, normas, sistemas y procedimientos, bajo estándares de calidad, conducentes al mejoramiento, eficiencia, ampliación y modernización de los servicios prestados a los individuos, contribuyentes, otras organizaciones, y otras áreas de la Agencia; y a la recaudación de los gravámenes.

3. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las devoluciones de importes relativas a los impuestos inmobiliario, automotor y embarcaciones deportivas.

4. Coordinar, supervisar y resolver, conforme delegación de facultades, las exenciones relativas a los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones deportivas, ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes y otros que se creen en el futuro.

5. Coordinar, supervisar y resolver, conforme delegación de facultades, las condonaciones de los tributos provinciales, en los casos que corresponda.

6. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Proponer y promover, en coordinación con las áreas de la Agencia con injerencia en la materia, la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con otros organismos en temas correspondientes al área de su competencia. Intervenir como enlace operativo en la ejecución de los mismos.

8. Coordinar y supervisar el cumplimiento, por parte de los municipios, de las obligaciones emanadas de los convenios vigentes y la articulación de nuevos servicios en común, en relación a la atención descentralizada de contribuyentes.

9. Elevar a la superioridad las propuestas y modificaciones en la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.

10. Intervenir en la definición de los sistemas informáticos para la integración y actualización de los datos, y de la información referida a los individuos, en conjunto con las áreas usuarias.

11. Administrar y coordinar la información disponible para los individuos por medio de servicios digitales.

12. Administrar, de manera integral, las plataformas de atención remotas, tales como el centro de Atención Telefónica, Correo Electrónico, SMS, Chat, Web, blog, Terminales de Autoconsulta, entre otras.

13. Garantizar la funcionalidad y actualización de las aplicaciones que actúan como apoyo a las tareas del área, es decir, en sistemas tales como exenciones, demandas de repetición, entre otros.

14. Programar la ejecución de las acciones masivas de fiscalización, control y notificaciones en cumplimiento de los planes anuales aprobados, coordinando las acciones con otras áreas de la Agencia y Organismos Externos.

15. Solicitar y supervisar operativos de carácter ordinario o extraordinario, y todas aquellas acciones rutinarias y no rutinarias que sean necesarias en el ámbito de sus atribuciones.

16. Intervenir ante incumplimiento de deberes fiscales y/o falta de pago, o modificación de su situación fiscal de los contribuyentes y responsables.

17. Impulsar, a solicitud del área de control competente, la iniciación de procedimientos sumarios a agentes de recaudación y contribuyentes, fijando pautas para su consecución.

18. Emitir títulos ejecutivos de impuestos predeterminados, a solicitud del área con competencia e injerencia en la materia.

19. Impulsar notificaciones enmarcadas en procesos administrativos definidos.

20. Diseñar y desarrollar nuevas propuestas de infraestructura y ambientación edilicia en coordinación con las dependencias de la Agencia responsables en cada temática, para el desarrollo adecuado de las funciones bajo su competencia.

21. Intervenir en la determinación de sujetos pasibles de fiscalización e informar de ello a las áreas competentes.

22. Intervenir en la distribución de recursos materiales entre las dependencias descentralizadas en coordinación con las áreas de incumbencia.

23. Proponer a la superioridad planes y programas tendientes a la educación, divulgación y promoción de la participación social en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Responsabilidad Social Organizacional; como así también proponer mejoras en los servicios e interacción con el individuo, contribuyente u otras organizaciones.

24. Proponer a la superioridad programas que ofrezcan reconocimientos concretos a quienes registren una buena conducta fiscal.

25. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos, tendiente a la evaluación del desempeño del área y a la mejora continua.

26. Garantizar la atención, el seguimiento y la respuesta oportuna a los reclamos del contribuyente.

27. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

DEPARTAMENTO PLANIFICACIÓN Y CONTROL

DE GESTIÓN DE SERVICIOS

ACCIONES

1. Proponer a la superioridad los estándares de calidad para la prestación de los servicios de recaudación y catastrales vinculados con los individuos y contribuyentes.

2. Aplicar planes, documentación de uso interno y externo, procedimientos e instructivos orientados a la prestación de un servicio de calidad que faciliten los trámites que los individuos y contribuyentes realizan.

3. Unificar los criterios de actuación respecto de las metodologías de trabajo y aplicación de normas e instructivos.

4. Recopilar, procesar y distribuir centralizadamente, todas las informaciones disponibles que sean relevantes para el desarrollo de las actividades habituales de toda la Gerencia.

5. Elaborar indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión de las áreas dependientes de la Gerencia General, procurando una base única para la toma de decisiones, elevando los resultados respectivos.

6. Compilar la información necesaria para evaluar los resultados parciales, determinando posibles causales de desvío y proponer los ajustes pertinentes, estableciendo los respectivos planes de acción.

7. Detectar necesidades de capacitación en función del análisis de las consultas atendidas, a fin de proponer planes de desarrollo del capital humano en el ámbito de la Gerencia General para dar respuesta a las mismas.

8. Evaluar la satisfacción de los individuos y contribuyentes respecto de los servicios prestados.

9. Proponer programas y acciones tendientes a la integración de la información interna de la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, para asegurar y mantener una fluida comunicación entre la Gerencia General y sus áreas dependientes.

10. Efectuar seguimiento y procurar el mantenimiento permanente de los sistemas o aplicaciones destinadas a recibir opiniones, información, sugerencias y reclamos de los individuos.

11. Relevar y analizar los procesos vigentes definiendo la necesidad de implementar mejoras que aseguren la optimización de recursos (humanos y materiales).

 

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

GERENCIA DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

ACCIONES

 

1. Garantizar un acercamiento concreto con los contribuyentes, promoviendo las acciones necesarias para difundir las vías de reclamo disponibles, y evacuar los mismos con celeridad y eficacia.

2. Revisar, aprobar y elevar a las áreas competentes de la Agencia las recomendaciones vinculadas a proyectos o modificación de las normas o procedimientos existentes que considere inadecuados, en función a las causales de reclamos identificadas.

3. Monitorear las recomendaciones elevadas como propuesta de corrección de causales de desvíos, tendientes a evitar la reiteración de los mismos, coordinando su actuación con todas las áreas involucradas.

4. Intervenir con carácter preventivo en todas las aplicaciones o procesos nuevos a los efectos de evaluar el impacto directo o indirecto en el contribuyente y evitar futuros reclamos.

5. Asegurar, administrar y controlar la ejecución de toda otra medida tendiente al eficiente diligenciamiento de los reclamos del contribuyente.

6. Ejecutar el relevamiento y análisis de procedimientos, normas y tecnologías informáticas de comunicaciones aplicadas a los procesos catastrales vigentes, con el fin de aportar propuestas de solución a las problemáticas detectadas.

7. Interactuar con la Gerencia General con el objeto de resolver situaciones, relacionadas con la temática catastral, aportando propuestas de solución y tomando cuenta del caso, para analizar el procedimiento utilizado y sugerir las modificaciones pertinentes.

8. Coordinar con la Subgerencia de análisis, seguimiento y respuesta al reclamo, Departamento de Análisis de Reclamos Catastrales, la detección de problemáticas emergentes de los procedimientos, la normativa vigente y/o su implementación, que generen reclamos de contribuyentes por motivos de origen catastral, tipificarlas y proponer las mejoras pertinentes.

9. Elevar a la superioridad los informes resultantes de su intervención.

10. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

DEPARTAMENTO DE RECLAMOS DEL CIUDADANO

ACCIONES

1. Recepcionar por los distintos medios que se dispongan, ya sea en forma centralizada o descentralizada, los reclamos de los contribuyentes vinculados con dificultades en la Agencia.

2. Asistir a los interesados legitimados, colaborando con ellos en el cumplimiento de los requisitos exigidos para confeccionar la presentación.

3. Confeccionar el Registro de Presentaciones.

4. Evaluar los fundamentos del reclamo, rechazando las presentaciones que carezcan, a su exclusivo criterio, de entidad suficiente o no cumplan con los requisitos formales establecidos o con un reclamo concreto.

5. Identificar disfunciones de procedimiento que motivan la formulación de reclamos, informando las causales a la Gerencia de Defensa del Contribuyente, con el fin de promover la generación de medidas correctivas que impidan su reiteración.

6. Informar al contribuyente en caso de consulta, el estado del reclamo en curso.

7. Intervenir en el análisis y evaluación de normas, procedimientos y sistemas de información, vinculados con la administración del catastro territorial con el fin de detectar potenciales causales de generación de reclamos por parte de los ciudadanos.

8. Elaborar propuestas de modificaciones normativas o de procedimientos que considere adecuados para evitar la reiteración de problemas de origen catastral.

9. Elaborar informes sobre recomendaciones para la simplificación de los trámites administrativos para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones catastrales.

10. Realizar pruebas de las aplicaciones generadas para la vinculación con el ciudadano, relativas a la temática catastral.

11. Brindar asistencia a las restantes dependencias de la Gerencia en lo que a temática catastral se refiere, para la evaluación y tratamiento de los reclamos.

 

GERENCIA DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

SUBGERENCIA DE ANÁLISIS, SEGUIMIENTO Y

RESPUESTA AL RECLAMO

ACCIONES

1. Garantizar el adecuado seguimiento de los reclamos de los contribuyentes, incluyendo los referidos a cuestiones derivadas de la temática catastral. Analizar las causales que tienen como consecuencia la interposición de reclamos y proponer las propuestas que considere adecuadas para su solución.

2. Intervenir en el análisis y evaluación de normas, procedimientos y sistemas de información, con el fin de determinar las causales de generación de omisiones, incorrecciones, debilidades, desvíos u otras situaciones no deseadas en los procesos internos, que afecten un adecuado equilibrio en la relación Fisco/contribuyente.

3. Inducir y monitorear la eficaz comunicación al contribuyente de las medidas, procedimientos y/o sistemas que se implementen, con el fin de garantizar la uniformidad, simplicidad y transparencia del Fisco.

4. Asegurar el derecho de los contribuyentes a conocer y en su caso solicitar la corrección de la información referente a sus datos personales a través de tecnologías informáticas de comunicaciones.

5. Definir y controlar el registro de causales de reclamos.

 

SUBGERENCIA DE ANÁLISIS, SEGUIMIENTO Y RESPUESTA AL RECLAMO

DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DE RECLAMOS ACCIONES

1. Analizar las características de los reclamos a los efectos de asignar el trámite al área responsable de su solución, teniendo en cuenta la competencia de tareas definida en la Agencia.

2. Efectuar el seguimiento permanente del reclamo a partir del momento en que éste es asignado al responsable de su tratamiento y hasta su solución.

3. Analizar y verificar la solución del caso dada por el responsable asignado, comunicando con posterioridad al contribuyente el resultado de su reclamo, de acuerdo a las formas que la reglamentación disponga.

4. Elevar a la superioridad, los antecedentes de actuaciones que evidencien presuntos ilícitos, a los efectos de canalizar su tratamiento a través de las áreas específicas definidas en la Agencia.

5. Identificar las causales de deficiencias en normas y/o procesos, surgidas del tratamiento dado a los reclamos, e informarlas al Departamento de Análisis Causal dependiente de la Subgerencia de análisis, seguimiento y respuesta al reclamo, con el fin de promover una adecuada retroalimentación de los sistemas.

 

SUBGERENCIA DE ANÁLISIS, SEGUIMIENTO

Y RESPUESTA AL RECLAMO

DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS CAUSAL

ACCIONES

1. Analizar los reclamos, detectar su causa raíz y elaborar propuestas de modificaciones a normativas o procedimientos que considere adecuadas para evitar la reiteración de los problemas planteados por los contribuyentes.

2. Participar previamente en el análisis y evaluación de normas, procedimientos y sistemas de información, con el fin de detectar potenciales causales de generación de reclamos por parte de los ciudadanos, elevando las recomendaciones que considere procedentes a tal fin.

3. Elaborar informes sobre recomendaciones para la simplificación de los trámites administrativos o la supresión de los que considere innecesarios para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

4. Efectuar el estudio, análisis y presentación de propuestas de reformas normativas o de pautas de actuación para ayudar, apoyar y orientar al contribuyente a fin de facilitarle el pago de los impuestos.

 

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

GERENCIA DE SERVICIOS REMOTOS

ACCIONES

1. Administrar y coordinar la totalidad de los aspectos que vinculen en forma remota a la Agencia con los contribuyentes y ciudadanos y otras organizaciones en forma remota, garantizando la prestación del servicio bajo estándares de calidad y accesibilidad.

2. Procurar acciones que faciliten el cumplimiento voluntario gestionando el asesoramiento, la atención, el seguimiento y respuesta, de las consultas y/o trámites realizados por los usuarios de servicios remotos.

3. Establecer las vías de atención a las consultas de los municipios respecto de los trámites vinculados a contribuyentes descentralizados.

4. Articular con la Gerencia de Servicios de Atención Presencial los criterios de respuesta de los servicios remotos y presenciales a las consultas y/o trámites realizados por los usuarios de los servicios.

5. Coordinar junto a la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos la implementación de los programas y sistemas destinados a modernizar y extender los servicios remotos y vínculos con los individuos y contribuyentes.

6. Gestionar ante las áreas y organismos respectivos la puesta en marcha de programas y acciones de comunicación, difusión y publicidad de los servicios remotos ofrecidos por la Agencia, con la finalidad de promover el cumplimiento voluntario.

7. Coordinar con las áreas y dependencias de la Agencia que correspondan la información disponible para los individuos por medio de servicios remotos.

8. Aprobar los planes, la documentación de uso interno y externo, procedimientos e instructivos orientados a la prestación de un servicio de calidad.

9. Coordinar y supervisar la definición y gestión de los estándares de calidad de servicios vinculados a su competencia.

10. Administrar, de manera integral, las plataformas de atención remotas, tales como el centro de Atención Telefónica, Correo Electrónico, SMS, Chat, Web, blog, Terminales de Autoconsulta, entre otras, procurando la adecuada armonización con los esquemas de atención presencial.

11. Definir procesos de monitoreo y evaluación de la satisfacción de los usuarios por los servicios prestados a través de los canales remotos.

12. Garantizar la resolución de las quejas y de los reclamos ingresados por medios digitales.

13. Impulsar planes y programas tendientes a la educación, divulgación y promoción de la participación social en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Responsabilidad Social Organizacional, impulsados por la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

14. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE SERVICIOS REMOTOS

DEPARTAMENTO DE EMISIONES IMPOSITIVAS

ACCIONES

1. Dirigir y coordinar las emisiones impositivas de los impuestos predeterminados, dirigidas a individuos, contribuyentes y otras organizaciones, incluyendo las correspondientes a contribuyentes descentralizados.

2. Asegurar el seguimiento y control de los procesos propios y de los provistos por otras áreas para garantizar la distribución de los recordatorios de pago, en tiempo y forma.

3. Proponer sistemas innovadores de recordatorios de pagos respecto de los ya existentes, que vengan a sumarse a estos con el objeto de facilitar la percepción e incentivar el pago voluntario de los distintos impuestos.

4. Planificar, dirigir y coordinar el esquema de emisiones electrónicas de recordatorios de pagos remotos.

 

GERENCIA DE SERVICIOS REMOTOS

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN REMOTA

ACCIONES

1. Asistir en consultas, trámites y atención de problemas vinculados a productos y servicios brindados por la Agencia, a los individuos, contribuyentes y otras organizaciones en forma telefónica, correo electrónico o chat.

2. Resolver las consultas de los municipios respecto de los trámites vinculados a contribuyentes descentralizados.

3. Remitir a las áreas y dependencias de la Agencia competentes las consultas, sugerencias e inquietudes recibidas en forma telefónica, correo electrónico o chat, cuando sea necesario para su resolución, y efectuar el seguimiento de las mismas.

4. Responsabilizarse del cumplimiento de la notificación a los Contribuyentes/ Interesados de la Resolución de su queja y/o Reclamo en la forma en que los procesos de trabajo lo normen.

5. Actualizar domicilios y otras informaciones relevantes en la base de datos, a través de las solicitudes que ingresen en forma telefónica o el sistema IVR, correo electrónico o chat.

6. Recibir solicitudes y emitir acogimientos a planes de pago telefónicos y liquidaciones, que serán remitidos por correo y otros servicios que en el futuro se implementen.

7. Liquidar cuotas solicitadas, en forma telefónica o pedidos ingresados al sistema IVR, que serán remitidos por correo o correo electrónico.

8. Recepcionar las solicitudes de débito anual de los impuestos en forma telefónica, correo electrónico o chat, para su posterior derivación al área de sistemas de información de la Agencia.

9. Recibir solicitudes y efectuar campañas inductivas, informando los próximos vencimientos, para procurar el pago en término de los tributos, como así también promoción de planes de pago y aviso de deuda prejudicial y judicial, en forma telefónica personalizada o automatizada y/o por medio de correo electrónico y/o sms.

10. Elaborar informes estadísticos y toda información requerida por la Gerencia General o Gerencia.

11. Realizar encuestas de satisfacción a los individuos, contribuyentes y otras organizaciones conforme a pautas definidas por la Gerencia de Servicios Remotos.

12. Realizar gestiones tendientes a la cobranza o recupero de deuda solicitadas por las áreas y dependencias de la Agencia correspondientes.

13. Administrar todas las centrales remotas de consultas conforme estándares aprobados por la Gerencia General, a fin de: a. Definir y gestionar los procesos necesarios para la prestación del servicio.

b. Proveer y administrar los recursos asignados para la prestación del servicio.

c. Recepcionar, cumplir y hacer cumplir los requisitos generales del servicio, de la atención telefónica, por correo electrónico o chat.

d. Proponer acciones de innovación y mejora.

 

GERENCIA DE SERVICIOS REMOTOS

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DIGITALES

ACCIONES

1. Gestionar el sitio Web de la Agencia, tanto Internet como así también los demás canales digitales (Intranet, Arba Móvil, Buzones de autogestión), propendiendo la permanente vigencia y actualización de los contenidos de información, estructura, navegación, interacción y cuestiones de diseño de los mismos, manteniendo la comunicación con la Gerencia General de Tecnologías de la Información.

2. Realizar relevamientos de información de usuarios a fin de optimizar e innovar en la oferta de servicios brindados por las aplicaciones de los canales digitales.

3. Relevar contenidos que sean susceptibles de ser publicados en los canales digitales, dar tratamiento a solicitudes que se reciban de las distintas áreas con interés en publicar, y editar y estructurar los contenidos para que puedan ser publicados.

4. Desarrollar pautas y especificaciones tendientes al mantenimiento y generación de aplicaciones que mejoren el contacto remoto con los individuos y contribuyentes, especialmente web y para el resto de los canales digitales instrumentados.

5. Coordinar con la Gerencia de Comunicación el mantenimiento y adecuación de los canales digitales en cuanto a la identidad visual de la Agencia.

6. Coordinar con las áreas correspondientes la gestión y resolución de consultas, sugerencias e inquietudes recibidas por los usuarios de los canales digitales.

7. Administrar integralmente el sistema único de reclamos (SUR).

8. Diseñar y Operar los Procedimientos Administrativos por tipo de Queja y/o Reclamos.

9. Realizar informes de Gestión y Seguimiento para ser elevados al nivel superior y/o a quien corresponda.

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

ACCIONES

 

1. Asegurar un control permanente sobre la calidad de prestación de los servicios de atención presenciales de los individuos, dentro del ámbito de la Agencia y de otros puestos de atención presencial descentralizados, conforme a estándares de calidad definidos, normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

2. Garantizar la adecuada ejecución y el control permanente sobre las Acciones de Cartera Locales, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad definidos, las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

3. Controlar y evaluar las acciones inherentes a la aplicación y percepción de gravámenes y aplicación de normas técnico tributarias y catastrales; con el fin de mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los individuos.

4. Asegurar la adecuada ejecución de los procedimientos y operativos de notificaciones a individuos, contribuyentes y otras organizaciones, conforme al marco normativo vigente.

5. Resolver aquellos expedientes que la Gerencia General le asigne, según esquema de delegación de funciones.

6. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las devoluciones de importes relativas a los impuestos inmobiliario, automotor y embarcaciones deportivas.

7. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las exenciones relativas a los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones deportivas, ingresos brutos, sellos y otros que se creen en el futuro.

8. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las condonaciones de los tributos provinciales, en los casos que corresponda.

9. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

10. Supervisar el cumplimiento por parte de los municipios de las obligaciones emanadas de los convenios vigentes, en relación a la atención de contribuyentes descentralizados.

11. Intervenir en la recepción, instrucción y resolución de todo trámite que se le demande.

12. Actuar de enlace operativo ante terceros, en los temas de su ámbito de incumbencia.

13. Garantizar la funcionalidad y actualización de las aplicaciones que actúan como apoyo a las tareas del área, es decir, en sistemas tales como exenciones, demandas de repetición, entre otros.

14. Coordinar, con las áreas competentes, la distribución de recursos materiales, edilicios, de mantenimiento y conectividad de los Centros de Servicio Local y de otros emplazamientos de la Gerencia General, conforme a las necesidades.

15. Coordinar y supervisar las acciones masivas de fiscalización, verificación y control y notificación a contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

16. Organizar, dirigir y controlar operativos de carácter ordinario, como las acciones de cartera o extraordinario, y todas aquellas acciones rutinarias y no rutinarias, que sean necesarias en el ámbito de sus atribuciones.

17. Intervenir ante incumplimiento de deberes fiscales y/o falta de pago, o modificación de su situación fiscal de los contribuyentes y responsables, circunscribiendo su actuación a los casos y de acuerdo con la intervención que les indique la Gerencia General.

18. Iniciar, a solicitud del área de control competente, procedimientos sumarios a agentes de recaudación y contribuyentes, derivarlos a las relatorías para su sustanciación, y en su caso, intervenir en la resolución.

19. Emitir títulos ejecutivos de impuestos predeterminados, a solicitud de la autoridad competente.

20. Propiciar la realización de notificaciones enmarcadas en procesos administrativos definidos.

21. Intervenir en la determinación de sujetos pasibles de fiscalización e informar de ello a la Gerencia General, a fin de que tomen las acciones correspondientes de acuerdo a la intervención que se les asigne.

22. Evaluar actuaciones y verificar el cumplimiento de los requisitos legales en todo acto administrativo de su ámbito de incumbencia.

23. Proponer a la superioridad planes y programas tendientes a la educación, divulgación y promoción de la participación social en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Responsabilidad Social Organizacional; como así también proponer mejoras en los servicios e interacción con el individuo u otras organizaciones.

24. Proponer a la superioridad programas que ofrezcan reconocimientos concretos a quienes registren una buena conducta fiscal.

25. Articular con la Gerencia de Servicios Remotos los criterios de respuesta de los servicios remotos y presenciales.

26. Asegurar la adecuada ejecución de los procesos de actualizaciones del sistema de exenciones.

27. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE RELATORÍAS Y ATENCIÓN PRESENCIAL

ACCIONES

1. Supervisar las tareas efectuadas por las Relatorías que funcionan en la órbita de la Gerencia General, evaluando las actuaciones, verificando el cumplimiento de los requisitos legales e instrucciones definidas, y analizando su concordancia con los actos administrativos resolutivos.

2. Garantizar la atención presencial de la Agencia localmente, para todos los trámites objeto de incumbencia.

3. Recibir de las Subgerencias de Coordinación Regional (I a XIII) las actuaciones en las que deba tomar intervención.

4. Asegurar el cumplimiento de las instrucciones referidas a la caratulación y de instrucción de actuaciones previas y posteriores a la misma, para lo que podrá proponer modificaciones que crea conveniente sobre los sistemas y modos de trabajo.

5. Proveer la devolución de las actuaciones a la Subgerencia de Coordinación Regional interviniente, en caso de inconsistencias, errores, o requisitorias de aclaración o revisión de las actuaciones o del acto administrativo, previa actuación de la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

6. Elaborar y elevar a la Gerencia de Servicios de Atención Presencial proyectos, procedimientos e instrucciones que resulten necesarios para el cumplimiento de los lineamientos establecidos para la atención presencial y para la unificación de criterios operativos a replicar en las relatorías territoriales.

7. Elaborar informes estadísticos y toda información requerida por la Subdirección Ejecutiva, Gerencia General y Gerencia.

8. Intervenir en la recepción, instrucción y resolución de todo trámite o actuación que se le demande, en su ámbito de incumbencia.

 

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN REGIONAL (I A XIII)

ACCIONES

 

1. Garantizar el control permanente sobre la prestación de los servicios de atención presenciales de los individuos y contribuyentes, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad definidos, las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

2. Garantizar la adecuada ejecución y el control permanente sobre las Acciones de Cartera Locales, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad definidos, las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

3. Supervisar, controlar y evaluar las tareas inherentes a la aplicación y percepción de gravámenes y aplicación de normas técnico tributarias y catastrales; con el fin de mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los individuos y contribuyentes.

4. Intervenir, de acuerdo a la delegación de funciones que se disponga, expidiéndose técnicamente, observando las normativas y procedimientos vigentes, sobre las cuestiones planteadas por los individuos y contribuyentes o las que tengan su origen en dependencias de la Agencia.

5. Resolver, conforme delegación de facultades, las devoluciones de importes relativas a los impuestos inmobiliario, automotor y embarcaciones deportivas.

6. Resolver, conforme delegación de facultades, las exenciones relativas a los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones deportivas, ingresos brutos, sellos y otros que se creen en el futuro.

7. Resolver conforme delegación de facultades, las condonaciones de los tributos provinciales, en los casos que corresponda.

8. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

9. Intervenir en la elaboración y revisión de proyectos de resolución y/o disposición en las actuaciones generadas por presentaciones de los individuos o a requerimiento de instancias superiores.

10. Supervisar y efectuar controles y relevamientos presenciales de la operación, tanto en las dependencias de la Agencia como en los emplazamientos descentralizados, Municipios, etc. en su ámbito, donde se presten servicios de atención presencial.

11. Intervenir en la determinación de sujetos pasibles de fiscalización, informando de ello a la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

12. Intervenir ante incumplimiento de deberes fiscales y/o falta de pago, o modificación de la situación fiscal de los contribuyentes y responsables, circunscribiendo su actuación a los casos y de acuerdo con la intervención que les indique la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

13. Iniciar, a solicitud del área de control competente, procedimientos sumarios a agentes de recaudación y contribuyentes, derivarlos a las relatorías para su sustanciación, e intervenir en la resolución.

14. Emitir títulos ejecutivos de impuestos predeterminados, a solicitud de la autoridad competente.

15. Realizar las notificaciones enmarcadas en procesos administrativos indicados por la autoridad.

16. Prestar colaboración en la ejecución de programas transversales de objetivos prioritarios para el organismo.

17. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN REGIONAL (I a XIII)

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE ATENCIÓN PRESENCIAL (I a XXVIII)

ACCIONES

 

1. Coordinar y supervisar las tareas inherentes a los Centros de Servicio Local

2. Planificar y elaborar propuestas de mejora correspondientes a los relevamientos de las problemáticas de las tareas de operación, en el marco de la política de calidad y las herramientas fijadas por la Gerencia.

3. Resolver los procedimientos inherentes a la solicitud de exenciones y condonaciones por parte de los contribuyentes de impuestos predeterminados y autodeclarados, actuando como Juez Administrativo en lo referente al otorgamiento o denegatoria de exenciones.

4. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

5. Elaborar informes y estadísticas correspondientes a la gestión.

6. Asistir, efectuar controles y relevamientos presenciales tanto en los Centros de Servicio Local como en las ventanillas municipales y otros puntos de atención.

7. Supervisar la correcta exposición de las piezas gráficas y material de difusión en puntos de contacto presencial bajo su órbita.

8. Atender las consultas sobre Impuestos autodeclarados y sus regímenes de recaudación, exclusiones.

9. Ejercer la función de Juez Administrativo para la aplicación de sanciones de clausura y decomiso, en coordinación y/o a requerimiento de las áreas con competencia e incumbencia en la materia.

 

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE ATENCIÓN PRESENCIAL (I a XXVIII)

CENTRO DE SERVICIO LOCAL (I a CLXXIX)

ACCIONES

1. Asesorar, tramitar y diligenciar toda la documentación correspondiente a los trámites presentados por individuos y contribuyentes, responsables y reparticiones municipales, provinciales y nacionales.

2. Colaborar, con el área competente, en la ejecución de las acciones territoriales de inspección, verificación y cobranzas de carácter masivo coordinadas por la Gerencia General, la Gerencia y la Subgerencia de Coordinación Regional.

3. Efectuar el procesamiento de los datos obtenidos en el marco de dicha colaboración.

4. Recibir y registrar en los sistemas respectivos, la documentación presentada por los contribuyentes y agentes de recaudación

5. Identificar y proceder a la caratulación de todas las actuaciones que así lo requieran, según las normas vigentes.

6. Recibir y controlar la presentación de declaraciones juradas.

7. Recibir descargos, proceder a su análisis y carga en el sistema correspondiente.

8. Registrar los ceses de exenciones cuando así corresponda.

9. Intervenir en el otorgamiento de los planes de pago y en el resguardo de la documentación respaldatoria.

10. Otorgar o denegar las desgravaciones impositivas de impuesto de sellos establecidas por el código fiscal y normativa vigente.

11. Recepcionar la documentación catastral, cuando así esté dispuesto, acondicionando y remitiendo la misma para su procesamiento.

12. Recepcionar el cobro de impuestos mediante tarjetas de crédito y débito y efectuar la rendición en el sistema correspondiente.

 

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN OPERATIVA

ACCIONES

1. Coordinar la Distribución de insumos y bienes muebles entre las dependencias de la Gerencia General, conforme a las necesidades definidas y en coordinación con el área de incumbencia.

2. Estudiar, diseñar, desarrollar y promover, en coordinación con las áreas con incumbencia, la ejecución oportuna de las adecuaciones que se requieran de los espacios de trabajo y su equipamiento específico de todas las áreas de la Gerencia General.

3. Estudiar, evaluar y proponer a la superioridad soluciones edilicias y de ambientación en cuanto a modificación y rediseño de las áreas de la Gerencia General.

4. Colaborar con el relevamiento de necesidades y estudio de factibilidad para la construcción del Edificio Arba.

5. Intervenir, asistir y colaborar en la búsqueda de espacios físicos para las distintas áreas de la Gerencia General.

6. Facilitar la resolución de problemas de conectividad y otros de similares características que ocurran en las dependencias descentralizadas de la Gerencia General.

7. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

8. Elaborar el plan de tareas para la realización de Operativos Especiales y la coordinación de acciones locales y de cartera.

9. Actuar de enlace institucional en los temas del área de su incumbencia.

10. Intervenir en la solicitud de bienes e insumos y en la evaluación técnica de las mismas en conforme a las necesidades y prioridades de la Gerencia General.

11. Supervisar todo lo vinculado a la utilización del sistema único de administración de Carteras para acciones locales de recaudación, control, administrativas, de acuerdo a indicaciones o “inputs” que establezca la Gerencia General y la Gerencia.

 

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE

ACCIONES LOCALES Y DE CARTERA

ACCIONES

1. Coordinar la ejecución de las acciones de cartera que se dispongan desde la superioridad.

2. Confeccionar las instrucciones que cada acción de base local  requiera, para el correcto desenvolvimiento de los agentes involucrados, interactuando con los clientes internos, y procesos operativos.

3. Confeccionar y elevar a la superioridad los informes de gestión sobre indicadores objetivos de desempeño para cada Acción de base local.

4. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

5. Facilitar el trámite de acceso a todos los sistemas informáticos que sea necesario operar por los involucrados en el desarrollo de cada acción de cartera.

6. Proponer los ajustes a los sistemas de actuación, para el mejoramiento continuo de la operatoria.

7. Asesorar a los clientes internos que soliciten acciones de cartera, participando en la definición de estándares operativos diarios a cumplir y sugiriendo adecuaciones de asignación, durante la ejecución de cada acción.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN

Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

ACCIONES

1. Supervisar y coordinar, con la participación de las Áreas de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, la elaboración de los Planes de Fiscalización, con sus correspondientes Matrices de Intervención, en el marco de la Matriz de Riesgo definida.

2. Planificar las acciones de fiscalización para la implementación de la estrategia definida para la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, coordinando su actuación con la Gerencia General de Planificación.

3. Analizar la selección de los lotes de contribuyentes y/o responsables identificados por la Gerencia de Inteligencia.

4. Aprobar los programas de selección y proveer a las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas los lotes de contribuyentes y/o responsables pasibles de fiscalizar, notificar, o ser alcanzados con algún tipo de acción de verificación y control.

5. Definir tareas de recopilación, investigación y análisis sobre los padrones de contribuyentes seleccionados, a fin de cuantificar el impacto de las acciones definidas y perfeccionar los mecanismos de selección de casos.

6. Aprobar los documentos de gestión de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente y las normas internas relativas a los procesos de los Departamentos a su cargo.

7. Ejercer el vínculo y realizar Acuerdos de Niveles de Servicio con las Subdirecciones y Gerencias Generales de la Agencia.

8. Definir, en conjunto con las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas, indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión de sus áreas dependientes.

9. Verificar la actualización de la información de gestión de las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas.

10. Proponer y coordinar acciones que integren a todas las áreas dependientes de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente.

11. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

DEPARTAMENTO DE NORMAS Y PROCESOS

ACCIONES

1. Desarrollar, en coordinación con las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas, dependientes de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, los proyectos que se relacionen con la organización interna, sistemas administrativos, circuitos de trámites y manejo de archivos; evaluando permanentemente su funcionalidad basada en principios de eficiencia y economía.

2. Elaborar los proyectos de normas y procedimientos de las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas.

3. Gestionar la actualización de la información de gestión de las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas.

4. Observar el cumplimiento de los estándares definidos para las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y Fiscalizaciones Masivas.

5. Elaborar los proyectos de los Planes de Fiscalización y sus correspondientes Matrices de Intervención.

 

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

DEPARTAMENTO DE ACCIONES INDIVIDUALIZADAS

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración del proyecto del Plan de Fiscalización y su correspondiente Matriz de Intervención, respecto de las acciones individualizadas.

2. Planificar acciones de fiscalización individualizadas diferenciadas de acuerdo al riesgo involucrado, interés fiscal comprometido, presencia fiscal y/o cobertura territorial.

3. Elaborar los proyectos de Programas de Selección de contribuyentes y responsables conforme las pautas y lineamientos del Plan de Fiscalización.

4. Centralizar la recepción de denuncias por evasión, a fin de evaluar las mismas y remitir, de corresponder, los antecedentes al Departamento de Acciones Masivas o a otras áreas de la Agencia con incumbencia en la materia.

5. Llevar registro de la asignación de casos y los descargos realizados a fin de asegurar un nivel de provisión que viabilice el cumplimiento de las metas anuales de fiscalización.

6. Brindar reportes vinculados al estado de los casos a requerimiento de las distintas áreas de la Agencia.

 

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

DEPARTAMENTO DE ACCIONES MASIVAS

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración del proyecto del Plan de Fiscalización y su correspondiente Matriz de Intervención, respecto de las acciones masivas.

2. Planificar acciones masivas diferenciadas de acuerdo al riesgo involucrado, el interés fiscal comprometido, presencia fiscal y/o cobertura territorial.

3. Elaborar los proyectos de Programas para la generación de lotes de sujetos a fiscalizar y/o notificar bajo la modalidad de acciones masivas.

4. Realizar la selección de los sujetos a notificar, en coordinación con la Gerencia de Inteligencia, dependiente de la Gerencia General de Planificación.

5. Efectuar el seguimiento y coordinación de la efectiva notificación de los sujetos afectados por acciones masivas no territoriales, canalizando hacia las áreas correspondientes los casos en los que no se regularice la inconsistencia notificada.

6. Brindar reportes de resultados obtenidos a requerimiento de las distintas áreas de la Agencia.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN

Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES INDIVIDUALIZADAS

Generar una efectiva percepción del riesgo en el marco de acciones de fiscalización individualizadas tendientes a la detección de la evasión, verificando y determinando de oficio las obligaciones tributarias de contribuyentes y responsables.

 

ACCIONES

1. Participar en la definición del Plan de Fiscalización, incluyendo la Matriz de Intervención correspondiente para acciones individualizadas.

2. Proyectar las acciones individualizadas de fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales en el marco de la Matriz de Intervención aprobada.

3. Coordinar acciones con otras áreas de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente a efectos de implementar programas o planes específicos de fiscalización y verificación.

4. Evaluar y proponer adecuaciones en los procesos de inteligencia fiscal, criterios de selección de casos a fiscalizar y procedimientos de auditoría utilizados en la fiscalización, propendiendo a la uniformidad y razonabilidad en su aplicación.

5. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

6. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

7. Requerir el auxilio de la fuerza pública, solicitar allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

8. Remitir a la Gerencia General de Cobranzas los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011) modificatorios y concordantes.

9. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

10. Aprobar las normas internas relativas a sus procesos.

11. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES INDIVIDUALIZADAS

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Aprobar los casos seleccionados por la Gerencia de Planeamiento.

3. Ejecutar las acciones individualizadas de fiscalización en el marco de la Matriz de Intervención aprobada.

4. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

5. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

6. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

7. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

8. Elevar a la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

DEPARTAMENTO DE RELATORÍA ÁREA METROPOLITANA

ACCIONES

1. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

2. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

3. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los Departamentos de Operaciones.

4. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

5. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA DEPARTAMENTO DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA (I A VI y XIV)

ACCIONES

1. Ejecutar de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes, las acciones individualizadas de fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

2. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

3. Suscribir las órdenes de fiscalización.

4. Aplicar los Procedimientos de Auditoría necesarios para la fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

5. Practicar y suscribir las liquidaciones de diferencias de impuesto realizadas por los inspectores de conformidad al artículo 48 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos en que no queden diferencias de impuesto y/o multa a reclamar.

7. Remitir al Departamento de Relatoría Área Metropolitana los casos en los que surjan diferencias de impuesto y/o multa a reclamar para la substanciación de los Procedimientos Determinativo y Sumarial.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES INDIVIDUALIZADAS

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Aprobar los casos seleccionados por la Gerencia de Planeamiento.

3. Ejecutar las acciones individualizadas de fiscalización en el marco de la Matriz de Intervención aprobada.

4. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

5. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

6. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

7. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

8. Elevar a la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR (VII A XIII)

ACCIONES

1. Ejecutar de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes, las acciones individualizadas de fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

2. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

3. Suscribir las órdenes de fiscalización.

4. Aplicar los Procedimientos de Auditoría necesarios para la fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

5. Practicar y suscribir las liquidaciones de diferencias de impuesto realizadas por los inspectores de conformidad 48 del Código Fiscal (TO 2011), modif. y concordantes.

6. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos en que no queden diferencias de impuesto y/o multa a reclamar.

7. Remitir al Departamento de Relatoría Área Metropolitana los casos en los que surjan diferencias de impuesto y/o multa a reclamar para la substanciación de los Procedimientos Determinativo y Sumarial.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN

Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

Generar una efectiva percepción del riesgo en el marco de acciones de verificación y fiscalización masivas tendientes a la detección de indicios de evasión e incumplimientos formales y materiales, aplicando las sanciones que para cada supuesto correspondan y asegurando una presencia activa del organismo en el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de contribuyentes y/o responsables.

 

ACCIONES

1. Participar en la definición de los Planes de Fiscalización, incluyendo la Matriz de Intervención correspondiente para acciones masivas.

2. Programar la ejecución de las acciones masivas de fiscalización, control y notificaciones en cumplimiento de los planes anuales aprobados, coordinando las acciones con otras áreas de la Agencia y Organismos Externos.

3. Evaluar y proponer adecuaciones en los procesos de inteligencia fiscal, criterios de selección de lotes de casos a fiscalizar y procedimientos de auditoría utilizados en la fiscalización, propendiendo a la uniformidad y razonabilidad en su aplicación.

4. Programar la ejecución de acciones de fiscalización territorial en forma presencial o remota con base en información georreferenciada, en orden a verificar las características físicas de los inmuebles o volúmenes de actividad que se desarrollen en los mismos.

5. Asegurar la generación y administración de catálogos de imágenes y mapas digitales de la Provincia.

6. Asegurar la provisión a las diferentes áreas de la Agencia, para el cumplimiento de sus funciones, de la información resultante de las acciones de detección y fiscalización efectuadas.

7. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales como asimismo instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras y decomisos.

8. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

9. Instruir el procedimiento que dispone la inscripción de oficio de los vehículos automotores en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del artículo 231 del Código Fiscal (TO 2011), como así también sustanciar los sumarios que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 primer párrafo, 62 inciso a) y 68 del Código Fiscal (TO 2011).

10. Efectivizar el secuestro de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación de conformidad a lo previsto en el artículo 50 inciso 10 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

11. Requerir el auxilio de la fuerza pública, solicitar allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

12. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

13. Aprobar las normas internas relativas a sus procesos.

14. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y APOYO LOGÍSTICO

ACCIONES

1. Coordinar la disponibilidad de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios para la ejecución de las acciones en campo de fiscalización y notificación, administrando de manera eficiente todos los insumos y equipos utilizados.

2. Registrar, actualizar y comunicar a las áreas competentes las variaciones en el patrimonio de la Gerencia General, respecto del cual resulta depositario.

3. Efectuar la coordinación con otras dependencias de la Agencia y Organismos Externos a los efectos de asegurar la ejecución y difusión de las acciones masivas planificadas.

4. Compilar los reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

5. Confeccionar las solicitudes de liquidación de operativos realizados por el personal interviniente y diligenciar las liquidaciones de viáticos y movilidad conforme las normas en la materia.

6. Intervenir en la intimación y mediación entre el sujeto sancionado y las instituciones sin fines de lucro, y participar de la entrega de la mercadería decomisada o sustituida por bienes de primera necesidad, en el marco del procedimiento del Titulo X del Código Fiscal (TO 2011).

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Programar y coordinar acciones de inteligencia fiscal en el territorio tendientes a la selección de potenciales casos sujetos a control, de acuerdo a la Matriz de Intervención aprobada.

3. Programar, coordinar y supervisar la ejecución de acciones de fiscalización territorial en forma presencial o remota con base en información georreferenciada, en orden a verificar o relevar las características físicas de los inmuebles o volúmenes de actividad que se desarrollen en los mismos.

4. Coordinar acciones con otras áreas de la Agencia, a efectos de implementar programas o planes específicos de fiscalización masiva

5. Proveer a las diferentes áreas de la Agencia, para el cumplimiento de sus funciones, de la información resultante de las acciones de detección y fiscalización efectuadas.

6. Generar y administrar catálogos de imágenes y mapas digitales de la Provincia.

7. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Masivas el requerimiento de auxilio de la fuerza pública y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

8. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIONES CATASTRALES

ACCIONES

1. Efectuar, supervisar y coordinar con otras áreas de la Agencia, las verificaciones catastrales en campo conforme el Plan de Fiscalización.

2. Practicar los actos de relevamiento que resulten necesarios en orden a constituir o rectificar el estado parcelario de un inmueble.

3. Coordinar con la Gerencia de Detección Territorial, los requerimientos de auxilio de la fuerza pública y la colaboración de otros organismos estatales, nacionales, provinciales y municipales para el desarrollo de los operativos.

4. Elevar a la Gerencia el resultado de las comprobaciones efectuadas a fin de continuar el procedimiento que corresponda.

5. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

 

GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA DE IMÁGENES

ACCIONES

1. Efectuar acciones de verificación y control a través de imágenes satelitales con el fin de detectar características físicas y volúmenes de producción en inmuebles.

2. Generar, administrar y disponer un catálogo de imágenes georreferenciadas, continuo y multitemporal de la Provincia de Buenos Aires.

3. Generar y administrar la red de puntos GPS utilizados para la generación del mosaico de imágenes satelitales de la Agencia.

4. Generar mapas base (imágenes Satelitales apoyadas con GPS) para la generación y corrección de la cartografía.

5. Realizar correlación a campo de los modelos de detección y auditoría de resultados.

6. Elevar a la Gerencia el resultado de las comprobaciones efectuadas a fin de continuar el procedimiento que corresponda.

7. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

GERENCIA DE OPERACIONES FEDATARIAS

ACCIONES

1. Participar en la elaboración de los Planes de Fiscalización.

2. Coordinar y supervisar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación a contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

3. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Masivas la colaboración de otros organismos estatales, nacionales, provinciales y municipales para el desarrollo de los Operativos Especiales Masivos, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

4. Proveer de la información resultante de las acciones de detección y fiscalización efectuadas, a las diferentes áreas de la Agencia para el cumplimiento de sus funciones, pudiendo efectuar actividades de coordinación y supervisión sobre las mismas.

5. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales, como asimismo instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras y decomisos.

6. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Instruir el procedimiento que dispone la inscripción de oficio de los vehículos automotores en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del artículo 231 del Código Fiscal (TO 2011), como así también sustanciar los sumarios que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 primer párrafo, 62 inciso a) y 68 del Código Fiscal (TO 2011).

8. Efectivizar el secuestro de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación de conformidad a lo previsto en el artículo 50 inciso 10 del Código Fiscal (TO 2011) modificatorios y concordantes.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE OPERACIONES FEDATARIAS

DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES FEDATARIAS

ACCIONES

1. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

2. Elaborar el plan de tareas para la realización de Operativos Especiales y de Control Integrado Local (CIL), coordinando las acciones con el Departamento de Coordinación y Apoyo Logístico.

3. Coordinar con la Gerencia de Operaciones Fedatarias, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública y la colaboración de otros organismos estatales, nacionales, provinciales y municipales para el desarrollo de los Operativos Especiales Masivos.

4. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales, como asimismo, instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras y decomisos.

5. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

6. Instruir el procedimiento que dispone la inscripción de oficio de los vehículos automotores en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del artículo 231 del Código Fiscal (TO 2011), como así también sustanciar los sumarios que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 primer párrafo, 62 inciso a) y 68 del Código Fiscal (TO 2011).

7. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los fiscalizadores.

8. Efectivizar el secuestro de vehículos automotores y de embarcaciones deportivas o de recreación de conformidad a lo previsto en el artículo 50 inciso 10 del Código Fiscal (TO. 2011), modif. y concordantes.

9. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en los Planes de Fiscalización

10. Coordinar y supervisar las tareas de aquellos agentes pertenecientes a las distintas dependencias de la Agencia, convocados en carácter de fiscalizadores eventuales.

 

GERENCIA DE OPERACIONES FEDATARIAS

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES (I A IV)

ACCIONES

1. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación a contribuyentes y/o responsables de los tributos conforme la planificación definida.

2. Coordinar con la Gerencia de Operaciones Fedatarias, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública y la colaboración de otros organismos estatales, nacionales, provinciales y municipales para el desarrollo de los Operativos Especiales Masivos.

3. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales, como asimismo, instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras y decomisos.

4. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los fiscalizadores.

5. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

6. Instruir el procedimiento que dispone la inscripción de oficio de los vehículos automotores en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del articulo 231 del Código Fiscal (TO 2011), como así también sustanciar los sumarios que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 primer párrafo, 62 inciso a) y 68 del Código Fiscal (TO 2011).

7. Efectivizar el secuestro de vehículos automotores y de embarcaciones deportivas o de recreación de conformidad a lo previsto en el artículo 50 inciso 10 del Código Fiscal TO 2011), modificatorios y concordantes.

8. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en los Planes de Fiscalización.

ANEXO 3

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN

Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES INDIVIDUALIZADAS

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

DEPARTAMENTO DE RELATORÍA ÁREA METROPOLITANA II

ACCIONES

1. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

2. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

3. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los Departamentos de Operaciones.

4. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

5. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR DEPARTAMENTO DE RELATORÍA ÁREA INTERIOR

ACCIONES

 

1. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

2. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

3. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los Departamentos de Operaciones.

4. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

5. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Interior los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

C.C. 11.559