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Fundamentos
de La puesta en marcha de Dicho organismo ejercerá la función de comité de vigilancia con las atribuciones y deberes que le otorgan los artículos 16,17 y siguientes de dicha ley más las facultades que le otorgue el decreto o ley provincial que lo constituya y en concordancia con la ley nacional. Tomando en consideración el
artículo 14 de Es destacable asimismo que no se
observa en Atento a estas especificaciones y en la inteligencia de una correcta interpretación del Decreto 386/97 se hace imprescindible que el Ente Zona Franca Bahía-Rosales reciba todo el apoyo que solicite para optimizar su funcionamiento, de modo tal que pueda calificar para elevados niveles de competitividad con otras de su especie. Situación que de hecho no se produce. Sin perjuicio de ello, entendemos
que la mayor representación de Es por estas razones y
consideraciones legales y de hecho que estimamos necesaria la creación del
Ente Zona Franca Bahía-Rosales con funciones de Comité de vigilancia, en
concordancia con lo estatuido en Por lo expuesto solicitamos a los señores legisladores acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa. |