DECRETO 557/13

 

LA PLATA, 29 de julio de 2013.

 

VISTO el expediente Nº 21516-867/04 por el que se propicia la declaración de insalubridad a los fines previsionales de las tareas del personal del servicio de Recolección de Residuos domiciliarios dependientes de la Municipalidad de Saavedra, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 26 del Decreto Ley Nº 9.650/80 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94), faculta al Poder Ejecutivo para establecer límites de edad y servicios diferenciales en el caso de tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro;

 

Que por Resolución S.T Nº 13.509/09 se declararon insalubres las tareas desempeñadas por el referido personal;

 

Que resulta necesario el reconocimiento de las aludidas tareas a los fines del Decreto Nº 430/81;

 

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado a fojas 38 y 39 respectivamente;

 

Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido en similar temática en expediente Nº 21514-6361/09, conforme copia obrante a fojas 42 del presente;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 26 del Decreto Ley Nº 9.650/80 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94) y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Reconocer el carácter de insalubres, a los fines previstos en el artículo 1º del Decreto Nº 430/81, a las tareas desarrolladas por los Recolectores de Residuos domiciliarios de la Municipalidad de Saavedra, que fueran declaradas insalubres conforme Resolución Nº 13.509/09 del Subsecretario de Trabajo, que como Anexo I integra el presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Oscar Antonio Cuartango                            Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Trabajo                                        Gobernador

 

NOTA: El Anexo I podrá ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.