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Fundamentos de la Ley 13134
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El área que nos preocupa, o sea la cuenca del Río Luján, se extiende en una superficie superior a los 3.000 Km2, con una población estimada en 700.000 habitantes e involucrando directa o indirectamente a los distritos de Suipacha, General Rodríguez, Mercedes, Luján, Pilar, Exaltación de la Cruz, Campana, Tigre y Escobar, entre otros. La misma plantea dos cuestiones críticas básicas:
1) Inundabilidad y anegamientos frecuentes, fruto de las bajas pendientes y el régimen de lluvias.
2) Contaminación de las aguas tanto a nivel superficial cuanto subterráneas, debido a los vertidos industriales, a los efluentes cloacales y a la descarga de residuos sólidos clandestinos.
En un reciente estudio, se señala que estas circunstancias resaltan más aun cuando los desbordes de aguas contaminadas que se producen en las épocas de fuertes lluvias y sudestadas impactan negativamente sobre la población ribereña, residente en zonas bajas urbanizadas indebidamente. Además existen otros problemas de carácter urbano, que contribuyen a la degradación del área, como son la falta de mantenimiento de los desagües pluviales, la progresiva erosión de la ribera del río y una inadecuada planificación del crecimiento urbano.
En particular en la ciudad de Luján, los elementos señalados se conjugan con mayor complejidad, promoviendo el deterioro de importantes sectores del casco urbano y de sitios que poseen un importante contenido histórico y cultural para los argentinos, como por ejemplo la basílica de Nuestra Señora de Luján, los numerosos museos y el patrimonio edilicio representativo de la época colonial, donde se resume uno de los más significativo complejos museográficos del país y de América del Sur, el complejo museográfico Enrique Udaondo.
Proyectada al año 2000 la población de los diferentes partidos siguiendo la tendencia histórica, muestra la agudización de los contrastes señalados. En números absolutos, por ejemplo, el partido de Pilar, con una preocupante dinámica de crecimiento, mayor que la de otros distritos ejercerá una presión tal sobre los recursos naturales que puede llegar a comprometer su sustentabilidad.
Esto demuestra la urgencia de encarar el ordenamiento territorial de la cuenca y la puesta en marcha de políticas y medidas debidamente articuladas entre sí.
En ese sentido, la creación reciente por parte del Poder Ejecutivo provincial del Comité Regional A de la Cuenca Hídrica del Río Luján mediante Resolución de la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires número 3 integrado por los municipios de Suipacha, Mercedes, Luján, General Rodríguez, Pilar, Exaltación de la Cruz, Campana, San Antonio de Areco, San Andrés de Giles y Escobar viene a llenar un vacío y a cubrir una necesidad que desde nuestra banca hemos destacado reiteradamente presentando incluso proyectos a tal efecto.
No obstante, y en el entendimiento de que estamos ante una cuestión de más alto nivel, por cuanto se está innovando institucionalmente en la materia, propiciamos, con el presente proyecto jerarquizar normativamente aquel acto administrativo otorgándole status de ley, al tiempo que asegurar su funcionamiento inicial promoviendo la inclusión de la partida específica en el presupuesto provincial que facilite la puesta en marcha del mencionado Comité.
Solo así podremos afrontar ordenada y razonablemente la problemática de una región cuyo crecimiento explosivo afecta la calidad de vida y pone en riesgo la conservación de sus recursos naturales: agua, aire, suelo y biota.
Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto.
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