DECRETO 1716/99

 

La Plata, 30 de junio de 1999.-

 

Visto el expediente nº 2100-16852/97 y agregado 5847-2025565/98, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 12082 declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el partido de La Matanza propiedad de la Institución Salesiana, que se designan en el artículo 1º de la norma, con el propósito de transferirlos a la Dirección General de Cultura y Educación para promover la creación en ese distrito de un Centro de Educación Física.

 

Que son de aplicación al caso las disposiciones de la Ley General de Expropiaciones 5708 (T.O Decreto 8523/86) relativas al procedimiento judicial.

 

Que dentro del plazo legal y a fin de interrumpir el término de abandono de la ley expropiatoria, es necesario promover el juicio respectivo, con relación a la Parcela 1 de la Fracción I mencionada en la norma con exclusión de la parcela 2 de ese inmueble, en la que se encuentra construida una capilla, por no ser necesaria para los fines previstos por Ley.

 

Que ha tomado la intervención de su competencia el Consejo de Expropiaciones y Fiscalía de Estado.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Encomiéndase al señor Fiscal de Estado promover la acción judicial pertinente respecto del inmueble alcanzado por la 12082 cuyas designación dominial y catastral se detallan a continuación:

-         Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección L, Fracción I, Parcela 1, Partido 070 (La Matanza). Superficie: 51.423,64 metros cuadrados.

-         Inscripción de Dominio: Folios 1706 Año 1944 y 4799 Año 1950 – La Matanza.

 

ARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Fiscalía de Estado, a sus efectos.