DECRETO 11522/64

 

LA PLATA, 29 de DICIEMBRE de 1964.

 

VISTO el expediente nº 2706-4719/64, por el cuál el Ministerio de Asuntos Agrarios propone la habilitación del inmueble Dársena en Río Paraná de las Palmas y Camino Isleño, como centro de comercialización de productos de la zona y su consecuente régimen tarifario, con vista a la instalación futura de un mercado; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que resulta conveniente la habilitación aludida, en procura de su ulterior adecuación, con las proyecciones que aconsejen las necesidades e intereses de los productores de la zona, cuya valoración resultará factible una vez concretada la medida que se propicia.

 

Que procede en consecuencia, otorgar utilidad pública al inmueble referido, en virtud de lo cuál se propone la vigencia del reglamento General, Reglamento Interno y Régimen Tarifario del Mercado de Frutos de Tigre, hasta tanto se den las condiciones que permitan el dictado del Régimen legal definitivo.

 

Por ello, atento a lo informado por la Contaduría General de la Provincia, lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1: Habilítese el inmueble Dársena en Río Paraná de las Palmas y Camino Isleño, censado en la cuenta 2.5.2., número de identificación definitivo 4, ubicación geográfica administrativa 1-4-106-115, como centro de comercialización rigiendo para el mismo, el Reglamento General, Reglamento Interno y Régimen Tarifario del Mercado de Frutos de Tigre.

 

ARTICULO 2: La administración del inmueble habilitado por el artículo 1º del presente Decreto, será ejercida por la Dirección de Economía Agraria del Ministerio de Asuntos Agrarios.

 

ARTICULO 3: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos agrarios.

 

ARTICULO 4: Notifíquese el señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y pase a sus efectos al Ministerio de Asuntos Agrarios.