Provincia de Buenos Aires

MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

Y SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución Nº 571-E-2017

 

LA PLATA, 30 de Octubre de 2017.

 

VISTO el expediente Nº 2400-3260/17 Alcance Nº 6 y conforme lo previsto por el artículo 1° del Decreto DECTO-2017-367-E-GDEBA-GPBA y la Resolución RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP, a través de los cuales se aprobó el Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública regidos por la Ley Nº 6.021, modificatorias y complementarias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el mencionado Decreto se encomendó a este Ministerio la aprobación de la Metodología de Adecuación Provisoria y Redeterminación Definitiva de Precios, como así también la fijación del porcentaje de variación promedio de referencia necesario para habilitar el procedimiento de redeterminación de precios de los contratos, acorde a las pautas generales expresamente establecidas para la elaboración de dichas tareas;

 

Que el artículo 6º del Anexo I del Decreto citado, establece que los precios / índices de referencia a utilizar para el procedimiento de redeterminación serán los informados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados;

 

Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas deberá intervenir en todos los proyectos de Pliegos de Bases y Condiciones regidos por la Ley Nº 6.021, con carácter previo a la aprobación por parte de la autoridad competente;

 

Que serán redeterminados cada uno de los precios de los ítems que componen el cómputo y presupuesto del Contrato;

 

Que la Resolución RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP establece que los contratos de obra pública podrán ser redeterminados cuando los costos de los factores principales que los componen reflejen una variación de referencia promedio de esos precios superior al 5% a los del contrato, o al surgido de la última redeterminación, según corresponda;

 

Que la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía ha remitido a ésta cartera ministerial los valores de referencia elaborados por la citada Dirección correspondientes al mes de junio de 2017;

 

Que las referidas tablas contienen los valores de un conjunto de insumos que sirven de base para las redeterminaciones de precios de Contratos de Obra Pública, a aplicar en la metodología implementada;

 

Que a fojas 7 toma conocimiento la Comisión de Precios de este Ministerio;

 

Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 18 y vuelta), lo informado por Contaduría General de la Provincia (fojas 19) y la vista de Fiscalía de Estado (fojas 20 y vuelta), corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 14.853, el Decreto DECTO-2017-367-E-GDEBA-GPBA y la Resolución RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Aprobar las Tablas de Valores y Precios de Referencia confeccionadas por la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, correspondiente al mes de junio de 2017, aplicables a los contratos de Obra Pública regidos por la Ley Nº 6.021 y sus modificatorias, para la redeterminación de precios, conforme a lo previsto por el Decreto DECTO-2017-367-E-GDEBA-GPBA y la Resolución Nº RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP, con excepción de los Contratos de Concesión de Obra, que como Anexo (IF-2017-03038777-GDEBA-DTAMIYSPGP), forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2°: Registrar, notificar a señor Fiscal de Estado y comunicar.

Cumplido, archivar.

 

Roberto Gigante

Ministro de Infraestructura

 y Servicios Públicos

 

 

C.C. 13584