Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución N° 353/17

 

La Plata, 30 de noviembre de 2017.

 

VISTO el expediente N° 2403-998/2017, la Ley Nº 11.769 de Marco Regulatorio del Sector Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires (texto ordenado  Decreto nº 1868/04), su Decreto Reglamentario N° 2.479/04, la Resolución MIySP N° 419/17, lo actuado en el expediente N° 2429-1568/2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través del artículo 19 de la Resolución MIySP Nº 419/17, se estableció, en función de los resultados obtenidos en el proceso de revisión tarifaria  integral, la aplicación de los cuadros tarifarios en dos períodos, operando la aplicación del primer período a los consumos correspondientes a partir del 10 de mayo de 2017;

 

Que la aplicación del segundo período se determinó que opere respecto de los consumos registrados a partir del 1° de diciembre del 2017,  condicionado al cumplimiento del compromiso de inversiones comprendido entre el primer período y el 1° de diciembre de 2017, artículos 15 a 18 de la citada Resolución MIySP Nº 419/17, por parte de la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP S.A.), la EMPRESA

DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.) y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.);

 

Que la verificación de dicho cumplimiento de inversiones fue encomendada al Comité de Ejecución del proceso de Revisión Tarifaria Integral (CERTI) integrado por la Dirección Provincial de Desarrollo de los Servicios Públicos, la Dirección Provincial de Control y Seguimiento de los Servicios Públicos, el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) y la Dirección de Energía de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que, en virtud de ello, a través de las Notas CERTI Nº 14/17, Nº 15/17, Nº 16/17 y Nº 17/17 de fecha 3 de octubre de 2017, se requirió a las empresas EDEA S.A., EDELAP S.A., EDEN S.A. y EDES S.A., la información correspondiente al grado de avance en la ejecución de las obras que componen sus respectivos compromisos de inversiones;

 

Que las citadas empresas presentaron al CERTI, a través de la Dirección de Energía dependiente de la Dirección Provincial de Desarrollo de Servicios Públicos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, la información requerida (fs. 6/76 del expediente N° 2403-998/17);

 

Que la Dirección de Energía realizó una auditoría por muestreo (ver fs. 89/92 del expediente N° 2403-998/17) y elaboró un informe en el cual concluyó que, las empresas EDELAP S.A.; EDEA S.A.; EDEN S.A. y EDES S.A. dieron cumplimiento a las obligaciones de inversiones contraídas de conformidad con lo establecido en los artículos 15 a 18 de la Resolución MIySP Nº 419/17, el cual fue elevado al CERTI;

 

Que atento ello, a través del Acta Nº 12/17 el CERTI analizó y aprobó el citado informe de la Dirección de Energía, considerando que resulta de aplicación a los consumos registrados a partir del 1º de diciembre de 2017 los cuadros tarifarios correspondientes a los Anexos 75 a 110 de la Resolución MIySP Nº 419/17, solicitando a este Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) la correspondiente comunicación a los distribuidores;

 

Que como consecuencia de ello, corresponde comunicar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.) y EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.) que, a partir de los consumos que operen desde el 1° de diciembre de 2017, resultan de aplicación los cuadros tarifarios aprobados por los artículos 30 a 33 y que como Anexos 75 a 110 forman parte de la Resolución MIySP Nº 419/17;

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 62 de la Ley 11.769 (Texto Ordenado Decreto N° 1868/04) y su Decreto reglamentario Nº 2.479/2004;

 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Comunicar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.) y EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.) que, atento haber dado cumplimiento a las inversiones comprometidas, a partir de los consumos que operen desde el 1° de diciembre de 2017, resultan de aplicación los cuadros tarifarios aprobados por los  artículos 30 a 33 y que como Anexos 75 a 110 forman parte de la Resolución MIySP Nº 419/17.

 

ARTÍCULO 2º. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Dirección Provincial de Desarrollo de los Servicios Públicos. Comunicar a los Distribuidores Provinciales. Cumplido, archivar.

ACTA N° 923

 

Jorge Alberto Arce, Presidente; Walter Ricardo García, Vicepresidente; Martín Fabio Marinucci, Director Vocal Primero; Omar Arnaldo Duclós, Director Vocal Segundo; José Antonio Recio Director Vocal Tercero.

 

C.C. 14.270