Fundamentos de En
el año 1996 el actual gobierno de En este contexto, vale citar No es del caso extendernos aquí en
cuanto al fracaso estrepitoso de ésta la última normativa, que no sólo no
logró reducir los índices de alcoholismo y drogadicción de nuestros jóvenes,
sino que ya mostró arrepentimiento en el propio gobernador que refrendó
recientemente un decreto modificatorio que amplía el horario de cierre a las
4 de la mañana. El bloque de Ahora pretendemos con esta nueva
iniciativa recuperar para los municipios a través de sus órganos respectivos,
la potestad de regular y fiscalizar el funcionamiento y habilitación de los
locales bailables, bares, pubs o establecimientos
similares, a efectos de estar a derecho, conforme a Para ello proponemos realizar
algunas modificaciones a Por último, atento que
desaparecería el registro mencionado, proyectamos modificaciones en el
artículo 9 de la ley en análisis a fin de redistribuir los importes que se
recauden en concepto de multas por violar las disposiciones en materia de
venta y consumo de alcohol a menores de dieciocho (18) años. En ese sentido,
y en la búsqueda permanente de respetar y acentuar la autonomía municipal, proponemos
un aumento del porcentaje para los municipios que pasaría a ser de 30% y, que
en los casos en que en los mismos rijan tasas complementarias de seguridad,
el porcentaje previsto para el equipamiento de Por lo ya expuesto pedimos a los señores legisladores la aprobación del presente proyecto. |