Fundamentos de La sanción de Su mandato establece la protección del derecho de los usuarios, garantizando la operación, confiabilidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado del servicio público de electricidad a favor de los mismos. Existe una franja de nuestra sociedad que se encuentra en situaciones de extrema pobreza, que no puede acceder libremente a tan esencial servicio público de electricidad, que en la etapa actual de la civilización, es indispensable para el cuidado de la salud, la calidad de vida y el desarrollo integral de la persona y su entorno familiar. El Estado provincial no puede desconocer esta cruel realidad, por el contrario debe promover las acciones necesarias para incluirlas dentro del sistema. En este noble criterio el
Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires ha
dictado Del mismo modo, el gobernador de
la provincia de Buenos Aires, en uso de sus facultades ha dictado con fecha 2
de junio del corriente año el decreto 1.522 reduciendo los impuestos que
gravan la actividad eléctrica a todas aquellas empresas que otorguen los
descuentos tarifarios promovidos por Estos dos elementos son de vital importancia para promover tarifas justas, que permitan el ingreso al servicio eléctrico a la totalidad de la comunidad bonaerense. Es misión insoslayable de esta Legislatura establecer jurídicamente una adecuada y uniforme aplicación de las citadas reglamentaciones en todo el ámbito provincial, asegurando una amplia y efectiva participación del Estado provincial, los municipios y las empresas prestatarias del servicio eléctrico, a través de una ley que garantice el fiel cumplimiento de lo normado en todo el territorio provincial. Por lo expuesto es que solicito a los señores diputados me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley. |