RESOLUCIÓN Nº 222-SMGP-19

 

LA PLATA, BUENOS AIRES

Lunes 23 de Septiembre de 2019

 

VISTO el expediente Nº EX-2018-32548738-GDEBA-DLPSMGP, por el cual tramita la aprobación de la Addenda al Contrato de Locación de Servicios - Ley N° 10.430 de la agente Catalina CAPPELLOTTO, en los términos de los artículos 111 inciso c), 115 y 116 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto Nº 1869/96), su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y el artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por las presentes actuaciones se promueve la aprobación de la Addenda al Contrato de Locación de Servicios – Ley N° 10.430 de la agente Catalina CAPPELLOTTO, (D.N.I Nº 34.889.116 - Clase 1989), a partir del 1° de junio de 2019, a fin de modificar las cláusulas 1° y 5° del Anexo N° IF-2019-04787451-GDEBA-DDLDPRLSMGP, aprobado por la Resolución N° RESOL-201991-GDEBA-SMGP, notificada el 2 de mayo de 2019, con motivo del incremento del monto contractual fundado en la ampliación de las tareas asignadas;

 

Que en el orden 11 se adjunta el anexo IF-2018-32385938-GDEBA-DLPSMGP en virtud del cual se hacen constar los antecedentes de la postulante y certificados de estudios requeridos, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º de la reglamentación de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto Nº 1869/96), aprobada por el Decreto Nº 4161/96;

 

Que en el orden 101 luce agregada la Resolución N° RESOL-2019-91-GDEBASMGP, notificada en fecha 2 de mayo de 2019, en virtud de la cual se aprueban los Contratos de Locación de Servicios -Ley N° 10.430, que como Anexo N° IF-2019-04787451-GDEBADDLDPRLSMGP, pasan a integrar la misma;

 

Que en el orden 106 el Director Provincial de Comunicación Interna solicita la modificación de la contraprestación establecida en el Contrato de Locación de Servicios - Ley N° 10.430, incorporado en el Anexo N° IF-2019-04787451-GDEBA-DDLDPRLSMGP, en virtud de la ampliación de las tareas originariamente asignadas a la agente de maras; 10.430, incorporado en el Anexo N° IF-2019-04787451-GDEBA-DDLDPRLSMGP, en virtud de la ampliación de las tareas originariamente asignadas a la agente de maras;

 

Que asimismo en el orden 107 la autoridad con competencia resolutoria manifiesta su expresa conformidad a la modificación del Contrato de Locación de Servicios de referencia, dejando expresamente establecido que la contratación quedará modificada a partir del 1° de junio de 2019, en sus cláusulas 1° y 5° en los términos solicitados, resultando inalteradas las restantes cláusulas convenidas;

 

Que en el orden 109 la Dirección de Contabilidad y Presupuesto documenta el registro contable del gasto, señalando que se mantiene en todos sus términos el registro obrante en el orden 41, con cargo a las partidas programáticas específicas del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, Ejercicio Administrativo Financiero 2019, según la Ley N° 15.078;

 

Que el procedimiento instrumentado se encuadra legalmente en los artículos 111 inciso c), 115 y 116 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto Nº 1869/96), su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y el artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;

 

Que han tomado la intervención de sus respectivas competencias bajo los números de orden 84 y 127 la Dirección Provincial de Relaciones Laborales de la Subsecretaría de Capital Humano dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, en el orden 88 la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaria de Hacienda perteneciente al Ministerio de Economía y en el orden 95 la Contaduría General de la Provincia, correspondiendo la emisión del pertinente acto administrativo;

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades delegadas en el artículo 2° del Decreto N° DECTO-2019-1-GDEBA-GPBA y el artículo 3° inciso 2) del Decreto N° 272/17 E;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS DECRETOS N° 272/17 E Y N° 1/19

EL SECRETARIO DE MEDIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1°. Aprobar en la Jurisdicción 1.1.1.06 - GOBERNACIÓN, Auxiliar 22 - SECRETARÍA DE MEDIOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 inciso c), 115 y 116 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto Nº 1869/96), su Decreto Reglamentario Nº 4161/96 y el artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, la Addenda al Contrato de Locación de Servicios - Ley N° 10.430 de la agente Catalina CAPPELLOTTO (D.N.I Nº 34.889.116 – Clase 1989), a partir del 1° de junio de 2019, con la prestación de servicios y condiciones allí detalladas, que como documento electrónico INLEG2019-17430889-GDEBA-DDLDPRLSMGP, pasa a formar parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido dentro del Presupuesto General Ejercicio 2019, Ley Nº 15.078, Jurisdicción 1.1.1.06 - GOBERNACIÓN, Auxiliar 22 - SECRETARÍA DE MEDIOS, Entidad 0, Unidad Ejecutora 367, Programa 1, Subprograma 0, Proyecto 0, Actividad 1, Obra 0, Finalidad 1, Función 3, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Ubicación Geográfica 999, Régimen Estatutario 1, Agrupamiento Ocupacional 14 -Secretarios Privados y Asesores.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar, comunicar a la Dirección Provincial de Relaciones Laborales de la Subsecretaría de Capital Humano dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaría de Hacienda, perteneciente al Ministerio de Economía, a la Contaduría General de la Provincia, y a la Secretaría Legal y Técnica, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Mariano Javier Mohadeb, Secretario

 

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

 

CLÁUSULA ADDENDA

 

Entre el Señor Secretario, Mariano Javier MOHABED, con domicilio en la calle 6 entre 51 y 53 s/n de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, en adelante EL LOCATARIO, y Catalina CAPPELLOTTO, (D.N.I. N° 34.889.116 – Clase 1989), con domicilio en la calle 58 N° 361 de la ciudad y partido de La Plata, provincia de Buenos Aires, en adelante LA LOCADORA, convienen en celebrar la presente ADDENDA al contrato de locación de servicios Ley N° 10430 (Texto ordenado Decreto N° 1869/96), su Decreto Reglamentario N° 4161/96 y modificatorios-, IF-2019-04787451-GDEBA-DDLDPRLSMGP, aprobado por la Resolución N° RESOL-2019-91-GDEBA-SMGP; el que queda sujeto a las siguientes cláusulas, con vigencia a partir del 1° de junio de 2019:

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente ADDENDA, modificar la Cláusula PRIMERA del Contrato de Locación de Servicios referido, por la que seguidamente se indica: LA LOCADORA se compromete a la realización de tareas de coordinación referidas a la cobertura periodística de las actividades de la Señora Gobernadora, así como también la coordinación de la producción, edición y difusión del material proveniente de las diversas áreas de gobierno y de las gacetillas que se generen en el ámbito de la Dirección Provincial de Comunicación Interna de la Secretaría de Medios; coordinación, según lo amerite cada caso, de las apariciones de la Señora Gobernadora y los funcionarios de gobierno en los distintos medios de comunicación, como asimismo de la coordinación del seguimiento y monitoreo de temas de interés en las radios nacionales y provinciales; fortalecer y mantener la relación periodística con las radios del interior de la provincia en el ámbito de la Dirección Provincial de Comunicación Interna de la Secretaría de Medios, como así también la coordinación de mesa de seguimiento, el relevamiento y seguimiento de medios durante fines de semana y feriados, seguimiento e informes de redes sociales y la realización de agenda de temas semanales en los medios, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor.

 

SEGUNDA: Modificar, de común acuerdo, la Cláusula QUINTA del Contrato de Locación de Servicios referido, la cual quedará redactada de la siguiente manera: LA LOCADORA percibirá en concepto de retribución por sus servicios, un importe mensual equivalente a la suma de pesos treinta y cinco mil ochocientos ($ 35.800,00), efectuándose los descuentos previsionales correspondientes que prevén las leyes vigentes, como asimismo deberá percibir asignaciones familiares de acuerdo a la declaración jurada presentada al efecto.

 

TERCERA: Excepto las modificaciones que se determinan en las cláusulas anteriores de esta ADDENDA, el Contrato de Locación de Servicios referido queda vigente en todas las demás condiciones fijadas en cada una de las cláusulas y anexos.

 

Bajo las precedentes condiciones, previa lectura, suscriben las partes el presente contrato en la Provincia de Buenos Aires, a los 1° días del mes de junio del año 2019 en dos (2) ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto.

 

Mariano Javier MOHABED                                  Catalina CAPPELLOTTO

Secretario de Medios                                                34.889.116