Fundamentos de la

Ley 10392

 

            Hemos tomado conocimiento de la iniciativa de los profesionales kinesiólogos de la provincia de Buenos Aires, que abogan por la creación del colegio de la especialidad, y en punto a ello entendemos que, en esta materia, debe legislarse en un plano de igualdad respecto de las demás profesiones universitarias reconocidas por las Leyes 4.534 y 7.878, promoviendo el reconocimiento y creación del COLEGIO DE KINESIÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

            En apoyo de la iniciativa se sustenta que se trata de una profesión de las ciencias médicas de antigua data, con un perfil totalmente definido, cuya primera legislación provincial se remonta al año 1951 donde se contemplaba, ya entonces y dentro de la órbita del Ministerio de Salud Pública la creación de una inspección de Kinesiología y de un consejo profesional, para reglar y dictaminar respecto de la matrícula y el contralor del ejerció en función de policía sanitaria.

            Esta ley era similar a la nacional № 13.970, aprobada por el Honorable Consejo de la Nación en el año 1950, cuya aplicación sirvió para manejar el ejercicio de la profesión y amenguar toda forma de ejercicio ilegal de la misma.

            La profesión de que se trata, tiene antecedentes formativos universitarios desde el año 1937, cuando se crea la primera escuela de Kinesiología, en la entonces, Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Buenos Aires. De allí en más se observa una notable evolución académica en la cantidad de asignaturas, profundización de los requerimientos académicos y ampliación de los años de estudio. En la actualidad y desde la puesta en vigencia de la Resolución (CS) № 1000/73 la carrera universitaria consta de cinco años.

            Por otra parte, y a la que ya nombramos, se le suman actualmente dos escuelas universitarias oficiales más (Córdoba-Corrientes) y una de carácter privado, dependiente de la Universidad del Salvador, hallándose en etapa de programación y evaluación, la creación de otra escuela universitaria en la ciudad de Rosario.

            En la provincia de Buenos Aires, como lo expresamos al principio, la Kinesiología y los profesionales kinesiólogos, están reconocidos como profesionales del arte de curar e integrantes de la carrera profesional hospitalaria, hallándose representados, por intermedio de Federación de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires, en la Comisión Permanente de Carrera Profesional Hospitalaria.

            La creación del colegio profesional que se propicia, permitirá, entre otras cosas, el contralor el ejercicio de la profesión, con estricta vigilancia de las distintas variantes del ejercicio ilegal, por parte de aquellos no habilitados por ausencia de formación universitaria y título.

            En la conformación del proyecto se han tomado como modelos, las leyes ya existentes de creación de colegios profesionales, en particular la referida a la profesión del bioquímico, por considerarla una de las más completas y moderna, adecuándola, obviamente, a la actividad que se pretende reglamentar.

            Por lo expuesto y atento que se trata de una profesión que agrupa un elevado número de profesionales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, se descuenta el apoyo del cuerpo, para con la iniciativa que se deja formulada.