DECRETO 1159/2021

LA PLATA, 17 de Diciembre de 2021

VISTO el expediente N° EX-2021-29871107-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual el Doctor Hugo Alejandro LOCIO presenta su renuncia al cargo de Juez de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Necochea, y

CONSIDERANDO:

Que el Doctor Hugo Alejandro LOCIO fue designado Juez de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Penal del Departamento Judicial Necochea, mediante Decreto N° 8960 del 13 de octubre de 1987;

Que la Ley N° 13.479 dispuso que el Departamento Judicial referido se compone, entre otros, de una (1) Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial y una (1) Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal;

Que, en ese sentido, determinó que los entonces integrantes de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Garantías en lo Penal, debían comunicar a la Suprema Corte de Justicia, dentro del plazo de treinta (30) días posteriores a la entrada en vigencia de la referida ley, sus respectivas opciones en relación a las Cámaras que pretendían integrar; debiendo la Suprema Corte de Justicia determinar la reasignación del magistrado que omitiere comunicar su opción;

Que la Resolución N° 2462/08 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires determinó que el Doctor LOCIO integre la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Necochea;

Que el nombrado magistrado ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de diciembre de 2021;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del Doctor LOCIO;

Que se ha expido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con el citado magistrado en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, en relación al Doctor LOCIO;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 1° de diciembre de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por el Doctor Hugo Alejandro LOCIO (DNI N° 8.353.666 – clase 1947) al cargo de Juez de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Necochea.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.