LEY 10279
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase a favor del Club Atlético Argentino de Saladillo, el predio que actualmente ocupa en ese partido, que se individualiza como Circunscripción I, Sección A, Manzana 1, con una superficie de 13.641,32 metros cuadrados, que se encuentra inscripto como de pertenencia del Fisco de la Provincia de Buenos Aires anotado en la matrícula número 8.614.
ARTÍCULO 2.- Formalícese por la Escribanía General de Gobierno la pertinente escritura de donación con la sola comparecencia del representante legal del donatario.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.