FUNDAMENTOS DE LA
LEY 10494
A los efectos de fundamentar el presente proyecto de ley, es conveniente resaltar las características económicas, educacionales, sanitarias, poblacionales de la zona dentro de la cual se levanta la localidad de Ascensión.
La misma fue
fundada el 16 de julio de 1890 en lo que por entonces era
En materia sanitaria está dotada de una sala de primeros auxilios, dependiente del Hospital Municipal “Dr. Ignacio Pirovano” y se encuentra además en avanzado estado de construcción el Asilo de Ancianos “Irene Dall Ochio” que va a Constar de 50 camas, obra financiada con aportes del actual gobierno.
En el aspecto educacional se cuenta con dos establecimientos educacionales secundarios, uno de los cuales posee nivel terciario que otorga el título de Magisterio Superior. Una escuela de adultos, con una cantidad de alumnos cercana a los 300. Se cuenta con enseñanza primaria en el Instituto “Nuestra Señora”, la escuela Nro. 6 y además con jardines de infantes.
Desde el punto de vista comercia, la zona es eminentemente agrícola-ganadera. Existen dos grandes empresas cerealistas y una feria ganadera, donde también se comercializan porcinos, renglón bastante importante en la zona.
Existen dos
delegaciones bancarias, una del Banco Junín y otra del Banco de
Asimismo, completando el panorama descripto podemos destacar la existencia de una oficina de ENTEL, otra de ENCOTEL, se cuenta con agua potable suministrada por una cooperativa; una delegación del Registro Provincial de las Personas; dos clubes sociales y deportivos; una Biblioteca Pública y una Delegación Municipal; todas ellas, instituciones que satisfacen plenamente las necesidades primarias y secundarias de la comunidad que dan razones suficientes para la aprobación del presente proyecto de ley.