LEY 6908
Expropiación fracción de tierra en Bernal, Quilmes, para Escuela Industrial Técnica Nº 1.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, con todo lo edificado y plantado, la fracción de tierra ubicada en la localidad de Bernal, partido de Quilmes, nomenclada catastralmente como Circunscripción II, Sección K, Manzana 16 y según título como Manzana E, de propiedad de Nicanora Caroni de Pastor, o quien o quienes resulten sus legítimos titulares de dominio, con destino a la construcción y habilitación de un edificio para el funcionamiento de la Escuela Industrial Técnica Nº 1 “Paula Albarracín de Sarmiento”.
ARTÍCULO 2.- El crédito necesario para el cumplimiento de esta Ley se incorporará al Presupuesto General para el Ejercicio 1965.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.