DECRETO-LEY 7490/69
Ratificando la Resolución del 18 de Noviembre de 1968, referente a la distribución de ingresos y gastos referida en el artículo 2º del Convenio Multilateral del 23 de Octubre de 1964.
LA PLATA, 18 de ABRIL de 1969.
VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 799/969, y en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires
sanciona y promulga con fuerza de
LEY
ARTÍCULO 1.- Ratificase la Resolución del 18 de Noviembre de 1968, suscripta en la Capital Federal, mediante la cual se dispone establecer, con vigencia desde el 1º de Enero de 1969, los porcentajes de distribución de ingresos y gastos a que se refiere el artículo 2º del Convenio Multilateral del 23 de Octubre de 1964, en cincuenta por ciento (50%) para ingresos y cincuenta por ciento (50%) para gastos.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.