DECRETO-LEY 7342

 

 

 

 

 

Donando a la Asociación Pro Rehabilitación del Lisiado (Andar) de la Localidad de San Pedro,  un automotor.

 

 

 

LA PLATA, 24 de NOVIEMBRE de 1967.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decre­to 8267/67, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

 

 

 

 

LEY

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1.-  Dónase a la Asociación Pro Rehabilitación del Lisiado (Andar), de la Localidad de San Pedro, la unidad automotor Registro Oficial Nº 3632. Estanciera IKA, modelo 1958, motor Nº 60.024.469, propiedad del Ministerio de Asuntos Agrarios.

 

 

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.