DEROGADA POR DEC-LEY 53/55
LEY 5686
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- El Poder Ejecutivo designará con el nombre de Eva
Perón a una escuela de cada distrito de
ARTÍCULO 2.- Las denominaciones que se efectúen en cumplimiento de la presente, no podrán ser modificadas sino en virtud de Ley que para cada caso se dicte.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.