DECRETO 571/98

 

LA PLATA, 17 de MARZO de 1998.

 

VISTO el Decreto nº 491/98 que dispone incrementos salariales para el Personal de la Administración Pública Provincial, no comprendido en convenciones colectivas de trabajo, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se hace necesario modificar la fecha de vigencia del incremento salarial dispuesto  a partir del 1 de Marzo de 1998,

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Establécese, a partir del 1 de Enero de 1998, la vigencia de los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 11º y sus correspondientes Planillas Anexas, del Decreto 491/98.

 

ARTÍCULO 2.- Modifícase, en concordancia con lo dispuesto en el artículo precedente, la fecha 28 de Febrero de 1998, enunciada en los artículos 16º y 18º del Decreto 491/98, la que deberá considerarse 31 de Diciembre de1997.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Gobierno y Justicia.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos y archívese.