DECRETO 3306/92
VISTA
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 22/91, se aprobó la apertura estructural del
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA bajo las pautas fijadas para el
redimensionamiento y reorganización de
Que de un análisis más exhaustivo de las competencias asignadas al área
de
Que el espíritu de la reforma del estado implica una organización funcional que agilite la operatividad de las áreas, por lo cual amerita conceder dicha excepción a lo dispuesto en al Artículo 12 del Decreto Nº 18/91,
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 7º y concomitantes de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTICULO 1º: Modificase la
estructura orgánico funcional del MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA,
establecida en el Decreto Nº 22/91 y en los pertinentes Anexos que forman parte
integrante del mismo, sólo en lo atinente a
ARTICULO 2º: Incorpórase
al Artículo 4º del Decreto precitado el cargo de Director Contable, con arreglo
a las partidas presupuestarias ya aprobadas para
ARTICULO 3º: Sustitúyese el Anexo Id del Decreto Nº 22/91 por el Anexo I del presente.
ARTICULO 4º: Encomiéndase
a
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro en el Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese al Ministerio de
Gobierno y Justicia y al Consejo Asesor
de