Fundamentos de la Ley 13382

 

 

 

            El Estreptococo Agalactiae (Estreptococo Grupo B), es una bacteria que se aloja en el canal de parto de la mujer embarazada y es la principal causa de infecciones, que pueden provocar la muerte en el recién nacido.

            El recién nacido contrae la bacteria cuando pasa por dicho canal pudiendo sufrir patologías tales como, sepsis, meningitis, neumonía y hasta la muerte, dentro de las primeras 24 Hs. de su nacimiento.

            Los recién nacidos de madres colonizadas tienen un riesgo 29 veces mayor de sepsis que los de madres con cultivo negativo y los casos fatales se estiman entre 5 a 20%.

            Esto se evitaría con un simple cultivo realizado sobre los hisopados vaginal y anal de la mujer embarazada entre la semana 35 y 37 de gestación y la posterior administración del antibiótico. Esta profilaxis representa una relación costo - efectiva positiva para el Estado, dado que se reducirían considerablemente los costos de tratamiento de infecciones posteriores. Por tanto, si solo nos basamos en factores de riesgo se previene un 40%, pero si la detección se hace por cultivo se previene en un 80% la sepsis temprana en el recién nacido.

            En nuestro país hay datos de prevalencia de colonización materna que varían entre un 10 a 20% de las embarazadas estudiadas, siendo de mayor recuperación el cultivo vaginal más el anal. La toma de la muestra para la determinación del cultivo, en realidad no se consideraría, pues en las Normas Nacionales de Atención Perinatal, está pautado que éstos deberán realizarse en la primera visita, antes de las 20 semanas y en la cuarta visita entre las 33 y 35 semanas de gestación, por lo cual ya estaría dentro de la rutina del embarazo normal.

            En la provincia de Buenos Aires la cantidad de partos es de 240.000, (siendo en el sector público alrededor de 150.000/año); si tomamos la cifra del 20% la colonización sería aproximadamente de 30.000 a 48.000 las madres afectadas.

            Por lo tanto, este programa no generaría inconvenientes para su viabilidad, si tenemos en cuenta que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires cuenta con el personal idóneo; que el costo del cultivo y de la profilaxis antibiótica intra parto son mínimos; que las estrategias en países donde se estudió esta variable, han demostrado ser costo - efectivas, definiéndose en alrededor de 35.000 dólares de ahorro real por cada infección prevenida.

            Por todo lo expuesto, es que solicito a los señores senadores me acompañen con su voto favorable en el presente proyecto de ley.