LEY 13680
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Institúyese el Certamen Anual de Experiencias Innovadoras “Discapacidad e Integración”, cuyo objetivo será reconocer y premiar las experiencias que en este campo se desarrollen en la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2.- El Premio instituido por el artículo 1° de la presente Ley,
consistirá en una medalla, un diploma y una suma de dinero que será determinada
en la reglamentación. Los premios serán entregados cada año en la Honorable
Cámara de Senadores en el mes de octubre.
ARTICULO 3.- Los distintos distritos de la Provincia de Buenos Aires
tendrán derecho a elevar a través de las instituciones públicas e intermedias
que correspondan, su propuesta a la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia
del Honorable Senado para su correspondiente evaluación.
ARTICULO 4.- La Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia del H. Senado
de la Provincia de Buenos Aires deberá, en el término de sesenta (60) días,
establecer el reglamento de la presente norma y dictar las pautas de evaluación
a aplicar para la selección de las experiencias premiadas.
ARTICULO 5.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley
serán imputados a la partida que corresponda del presupuesto del Honorable
Senado de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.