LEY 13680

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Institúyese el Certamen Anual de Experiencias Innovadoras “Discapacidad e Integración”, cuyo objetivo será reconocer y premiar las experiencias que en este campo se desarrollen en la Provincia de Buenos Aires.


ARTICULO 2.- El Premio instituido por el artículo 1° de la presente Ley, consistirá en una medalla, un diploma y una suma de dinero que será determinada en la reglamentación. Los premios serán entregados cada año en la Honorable Cámara de Senadores en el mes de octubre.


ARTICULO 3.- Los distintos distritos de la Provincia de Buenos Aires tendrán derecho a elevar a través de las instituciones públicas e intermedias que correspondan, su propuesta a la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia del Honorable Senado para su correspondiente evaluación.


ARTICULO 4.- La Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia del H. Senado de la Provincia de Buenos Aires deberá, en el término de sesenta (60) días, establecer el reglamento de la presente norma y dictar las pautas de evaluación a aplicar para la selección de las experiencias premiadas.


ARTICULO 5.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida que corresponda del presupuesto del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires.


ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.