DECRETO 668/91


La Plata, 21 de marzo de 1991.

 

Vistos los pedidos formulados en el sentido de que se declare feriado en varios partidos de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de celebrarse distintas festividades durante el mes de abril del corriente año; y

 

CONSIDERANDO:

Que para conmemorar estos significativos acontecimientos, las Municipalidades han programado una serie de actos que han de contar con la activa participación de la población;


Que con el fin de dar mayor realce a dichas celebraciones y permitir la concurrencia masiva de toda la comunidad a los actos organizados, corresponde acceder a lo solicitado dictando el pertinente acto administrativo;


Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTICULO 1° - Declárase no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriado optativo para la industria, el comercio y las restantes actividades que se desarrollen en las fechas y por los motivos que en cada caso se indican, durante el mes de abril de 1991, en los siguientes Partidos de la Provincia de Buenos Aires:

 

Monte Hermoso          1º de abril                    aniversario creación del Partido.

Berisso                        3 de abril                     aniversario autonomía municipal.

Tandil                          4 de abril                     aniversario fundación del Partido.

San Vicente                   5 de abril                   fiestas patronales.

Esteban Echeverría        9 de abril                   aniversario fundación del Partido.

Bahía Blanca                11 de abril                   aniversario fundación ciudad cabecera.

Trenque Lauquen         12 de abril                   aniversario fundación ciudad cabecera.

Patagones                    22 de abril                   aniversario fundación ciudad cabecera.

Tres Arroyos               24 de abril                   aniversario fundación ciudad cabecera.

Marcos Paz                 25 de abril                   fiestas patronales.

 

ARTÍCULO 2.- Declárase no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriado optativo para la industria, el comercio y las restantes actividades que se desarrollen en las fechas y por los motivos que en cada caso se indican, durante el mes de abril de 1991, en las siguientes localidades de la Provincia de Buenos Aires.

 

Rivera, Partido de Adolfo Alsina, 5 de abril, aniversario fundación

Goyena, Partido de Saavedra, 1º de abril, aniversario fundación.

Coronel Dorrego, Partido de Coronel Dorrego, 9 de abril, aniversario fundación ciudad cabecera.

Esteban A. Gascón, Partido de Adolfo Alsina, 15 de abril, aniversario fundación.

Arroyo Corto, Partido de Saavedra, 15 de abril, aniversario fundación.

Tornquist, Partido del mismo nombre, 17 de abril, aniversario fundación.

El Perdido, Partido de Coronel Dorrego, 18 de abril, aniversario creación.

Orense, Partido de Tres Arroyos, 25 de abril, fiestas patronales.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.