DECRETO 3464/99
VISTO: El acuerdo prestado por el Honorable
Senado y de conformidad con lo prescripto por el artículo 175 de
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Nómbrase en el Poder Judicial:
Departamento Judicial San Nicolás de los Arroyos:
Tribunal de Familia:
Juez: A
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Justicia y Seguridad.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese.
DUHALDE
C. E. Soria