ARTÍCULO 1.- (Texto
según Ley 10947) Declárese de utilidad pública y
sujeto a expropiación el inmueble ubicado en Hurlingham,
partido de Morón, desginado catastralmente como:
Circunscripción IV, Sección E, Chacra 8, Manzana 8-K, Parcela 7 (con una
superficie de 9.075,
ARTÍCULO 2.- El inmueble determinado en el artículo
precedente, así como sus instalaciones, serán destinados al emplazamiento de
Centro Cívico de Villa Tesei, con cargo a
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la expropiación establecida en la presente ley, se imputará a Rentas Generales-Bienes Preexistentes.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.