LEY 10639

 

Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 10947.


EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE


LEY

 

ARTÍCULO 1.- (Texto según Ley 10947) Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en Hurlingham, partido de Morón, desginado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Chacra 8, Manzana 8-K, Parcela 7 (con una superficie de 9.075, 8319 metros cuadrados), inscripto su dominio bajo la matrícula 45.483, de propiedad de la Firma “INVERSORA LISTROL SOCIEDAD ANÓNIMA” y/o quién resulte ser su legítimo titular dominial.

 

ARTÍCULO 2.- El inmueble determinado en el artículo precedente, así como sus instalaciones, serán destinados al emplazamiento de Centro Cívico de Villa Tesei, con cargo a la Municipalidad de Morón.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la expropiación establecida en la presente ley, se imputará a Rentas Generales-Bienes Preexistentes.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.