LEY 10574
EL
SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTICULO 1°:
Apruébase el Convenio celebrado entre la "Comisión de Investigaciones
Científicas de
ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en
CONVENIO
MEMORANDUM
CONDICIONES DEL GRANT
El Fondo de las
Naciones Unidas para
Las
instituciones participantes son:
I. Administración de los Fondos del GRANT para el CIC
Los fondos serán
administrados por
Primer aporte: Abril 1986 (40 %) U$S 28.808
Segundo aporte: Octubre 1986 (30 %) U$S 21.608
Tercer aporte: Marzo 1987 (20 %) U$S 14.404
Aporte final: Agosto 1987 (10 %) U$S 7.204
TOTAL U$S 72.028
II. Coordinación y Asesoría del Proyecto
III. Presupuesto
La administración de los fondos debe ceñirse aproximadamente al presupuesto adjunto. En el caso que se quiera realizar cambios en la asignación de los fondos, debe consultarse al Coordinador para que este realice las consultas pertinentes.
IV. Componentes y Objetivos del Proyecto
El Proyecto sobre Estrategias de Alimentación, Crianza y Socialización infantil, se inscribe dentro de la línea de proyectos de investigación acción que intentan contribuir al desarrollo de enfoques alternativos para la planificación de programas para la niñez.
Para alcanzar este objetivo, el proyecto incluye dos etapas: La primera, tiene por objeto identificar y validar estrategias, valores, recursos y prácticas de alimentación, crianza y socialización, que a nivel de las familias puedan ser efectivas para prevenir la desnutrición y promover el desarrollo infantil. La segunda etapa, que se basa en los hallazgos de la primera, tiene por objeto conducir talleres de desarrollo y socialización dirigidos a distintas instancias de la comunidad, -padres, personal de instituciones, etcétera-, en torno a los factores determinantes de los problemas que afectan el desarrollo de la niñez y a formas participativas y cooperativas para planificar e implementar programas integrados para el desarrollo infantil. De ellos derivarán las propuestas alternativas de programas para promover el desarrollo infantil que constituye uno de los productos de este Proyecto.
Objetivo general
Identificar los factores del ambiente físico y social que en áreas pobres permitan prevenir la desnutrición y el retardo psicosocial, así como sugerir propuestas alternativas para la implementación y evolución de programas de acción para promover el desarrollo de niños de sectores marginados.
Objetivos específicos
V. Informes Periódicos de Avances y Financieros
Cada institución
enviará informes de progreso y de estado financiero al UNICEF. El envío de
estos informes son condición para recibir los pagos
subsecuentes. Los estados financieros tendrán un formato similar al presupuesto
adjunto y serán firmados por el coordinador del proyecto y por el oficial
principal de finanzas de
a) La certificación, -expresada en dólares americanos- de los fondos gastados en el proyecto durante el período de la rendición de cuentas.
b) Detalles de todos los hallazgos y/o productos correspondientes al período que se informa.
c) Una estimación de los gastos previstos para el período siguiente, expresado en dólares americanos.
VI. Cumplimiento de las Leyes Nacionales
Al llevar a cabo el proyecto, UNICEF será responsable del cumplimiento de todas aquellas leyes y reglamentos que sean aplicables al proyecto en los países donde se desarrollan las actividades.
VII. Límites Institucionales.
Queda entendido que UNICEF llevará a cabo el proyecto en su propia capacidad.
El GRANT otorgado no podrá ser interpretado por las personas o instituciones involucradas en el proyecto, como un elemento que lo constituya en agente o representante del UNICEF.
El UNICEF y
VIII.
Revisiones de
UNICEF definirá y supervisará los procedimientos administrativos y financieros en relación al proyecto, en lo que se refiere a los fondos aportados por UNICEF.
Además, a solicitud del IDRC, se podrán realizar revisiones periódicas de los procedimientos administrativos y del progreso del proyecto con representantes del IDRC.
IX. Informe Final y certificación
Al término del proyecto, cada institución entregará al UNICEF lo siguiente:
a) un informe narrado detallando el trabajo realizado, el que comprenderá los hallazgos de las investigaciones, los resultados del proyecto, conclusiones y recomendaciones.
b) un informe financiero completo, en dólares, que incluya todos los fondos gastados en el proyecto, utilizando un esquema igual al del presupuesto adjunto a este Memorandum. El informe financiero final deberá estar certificado por el Coordinador de Proyecto de UNICEF y por el Oficial Principal de Finanzas de UNICEF.
CIC acepta que, si el UNICEF lo solicita, el informe financiero podrá ser certificado por auditores externos de UNICEF y que el costo que demande dicha auditoría será cubierta por el UNICEF. (*).
CIC acepta que, si el UNICEF lo solicita, se le permitirá acceso razonable a los libros de contabilidad relacionados con el proyecto, para permitir verificación de toda la información financiera pertinente. (*).
(*): Debe entenderse que el último y penúltimo párrafo se refieren exclusivamente a los fondos aportados por UNICEF a CIC.
X. Visitas al Proyecto
CIC acepta que oficiales o representantes del UNICEF, y del IDRC podrán visitar los lugares de ejecución del proyecto en fechas convenidas entre las dos partes y facilitará la discusión de los resultados y progresos del proyecto con los representantes del UNICEF y del IDRC.
XI. Devolución de Fondos.
Dentro de un plazo razonable de tiempo después del término del proyecto, CIC devolverá al UNICEF todos los fondos del aporte no utilizados en el proyecto durante su ejecución.
XII. Diseminación de los Resultados.
a) CIC tiene el derecho de publicar en la forma que estime los resultados del proyecto, o de cualquier otra información preparada o producida como resultado de este aporte, y no necesitará para ello el consenso del UNICEF.
b) UNICEF lo mismo que CIC tiene el derecho a publicar los resultados del proyecto o cualquier otra información preparada o producida como resultado de este GRANT. CIC deberá consultar al UNICEF para determinar si el IDRC desea el reconocimiento a su rol de apoyo al proyecto en la publicación.
c) Si los resultados del proyecto o cualquier otra información preparada o producida en base a este GRANT, fuera un beneficio para el desarrollo de otros, el UNICEF puede, después de las consultas apropiadas publicar o distribuir los resultados o la información.
XIII. Contribuciones Locales
UNICEF se asegurará que las contribuciones locales -tal como lo indica el Presupuesto adjunto a este Memorandum-, sean hechas de acuerdo a lo indicado.
XIV. Derechos de Participantes Individuales
Es la política del UNICEF que todas las investigaciones realizadas por individuos o instituciones sean llevadas a cabo de acuerdo con un alto nivel de ética. Por lo tanto, es una condición de este aporte que UNICEF tome todos los pasos necesarios para asegurar que estos individuos o instituciones de quienes obtendrá datos, tengan:
a) el derecho a la privacidad.
b) el derecho al anonimato de la fuente de la información; y
c) el derecho a discontinuar su participación dentro del proyecto, en cualquier momento.
La investigación será llevada a cabo de acuerdo a la metodología desarrollada en la propuesta.
XV. Disponibilidad de aporte
El tiempo para el desarrollo del proyecto es de dieciocho meses desde la fecha de aceptación por parte del CIC.
Angel Luis Plastino Mario Rentería
Director Investigador Principal
María A. Rodrigo Paolo Basurto
Coordinador Representante de Oficina Áerea
Para Argentina, Chile y Uruguay