LEY 6335
Donando a la Municipalidad de Vicente López tierras fiscales con destino a la ampliación del cementerio
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Transfiérese a la Municipalidad de Vicente López en carácter de donación, el dominio de las parcelas fiscales, designadas catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Fracción I, Parcelas 15a y 15b, compuestas de una superficie total de treinta y un mil noventa y tres metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados (31.093,43 m2) ubicadas en la ciudad de Vicente López, con destino a la ampliación del cementerio local.
ARTÍCULO 2.- Si en el término de cinco (5) años a contar de la fecha de escrituración no se hubiera cumplido con el fin establecido en el artículo 1º, queda facultado el Poder Ejecutivo para constituir en mora a la donataria y, en su caso, promover las acciones necesarias para la revocación de la donación.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.