DECRETO-LEY 7383/68
Convenio entre la Provincia de Buenos Aires
y el Instituto Nacional de Salud Mental.
LA PLATA, 16 de ABRIL de 1968.
VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto1340/68, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 27 de Julio de 1967 entre la Provincia de Buenos Aires y el Instituto Nacional de Salud Mental, por el cual este último organismo se compromete a conceder a la primera, un subsidio a título de contribución especial por la suma de noventa y ocho millones de pesos moneda nacional ($ 98.000.000 m/n), para ser invertidos en la asistencia, recuperación y rehabilitación de los enfermos que padezcan afecciones neuropsiquiátricas en jurisdicción de la Provincia.
ARTÍCULO 2.- Facúltase al Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Buenos Aires, para que proceda a dictar las normas pertinentes relativas al manejo técnico-administrativo de la Cuenta de Terceros a la que ingresarán los fondos mencionados, y cuya apertura fuera autorizada por Decreto 9249 de fecha 13 de Setiembre de 1967.
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.