LEY 6831

 

Paso a bajo nivel en Lanús.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que por intermedio del Ministerio de Obras Públicas se efectúe un Convenio con la Mu­nicipalidad de Lanús, destinando hasta la suma de quince millones de pesos moneda nacional ($ 15.000.000m/n), para la construcción de un paso a bajo nivel, que cruce las vías del Ferrocarril General Roca, a la altura de las calles Río Bamba, Tucumán y Emilio Mitre, en la localidad de Lanús.

 

ARTÍCULO 2.- La Municipalidad de Lanús pondrá a disposición del Mi­nisterio respectivo, todos los estudios técnicos y proyectos realizados a los efectos de su aprobación, ajustándose tal realización a la Ley 6021, de Obras Públicas.

 

ARTÍCULO 3.- Los fondos necesarios para el cumplimiento de la Presen­te Ley se imputarán al Anexo XIII, Ítem 2, Partida Principal 24, del Presupuesto de Funcionamiento, Ejercicio 1964.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.