LEY 6831
Paso a bajo nivel en Lanús.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que por intermedio del Ministerio de Obras Públicas se efectúe un Convenio con la Municipalidad de Lanús, destinando hasta la suma de quince millones de pesos moneda nacional ($ 15.000.000m/n), para la construcción de un paso a bajo nivel, que cruce las vías del Ferrocarril General Roca, a la altura de las calles Río Bamba, Tucumán y Emilio Mitre, en la localidad de Lanús.
ARTÍCULO 2.- La Municipalidad de Lanús pondrá a disposición del Ministerio respectivo, todos los estudios técnicos y proyectos realizados a los efectos de su aprobación, ajustándose tal realización a la Ley 6021, de Obras Públicas.
ARTÍCULO 3.- Los fondos necesarios para el cumplimiento de la Presente Ley se imputarán al Anexo XIII, Ítem 2, Partida Principal 24, del Presupuesto de Funcionamiento, Ejercicio 1964.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.