LEY 6736

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.-  Declárase que continúan en vigencia los decretos-leyes dictados por la Intervención Federal en la Provincia, desde el 20 de marzo de 1962 al 11 de octubre de 1963, que hayan cumplido los recaudos establecidos oportunamente para acordarles tal jerarquía.

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.