DEPARTAMENTO DE ECONOMIA

 

DECRETO 2.959

 

La Plata, 30 de noviembre de 2004.

 

Visto: El Expediente número 2335-16774/97, por el cual se declara la prescripción adquisitiva a favor de la provincia de Buenos Aires, de un bien inmueble ubicado en la localidad de Ramos Mejía, jurisdicción del Partido de La Matanza, y

CONSIDERANDO:

Que la fracción de tierra identificada catastralmente como: Circunscripción lI, Sección A, Manzana 1, Parcela 19 b, se encuentra inscripta al Folio 1619/47 del Partido de La Matanza, a nombre de Simón Muse;

Que realizada una inspección al citado predio, se lo encontró ocupado por las instalaciones pertenecientes a la Escuela Nº 25 y el Jardín de Infantes Nº 939, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, funcionando desde el año 1929.

Que a fojas 2 y 3, el Departamento Agrimensura de la Dirección de Catastro Económico, procedió a agregar copias del plano de mensura aprobado bajo característica 70-142-96, para prescribir;

Que conforme con lo expuesto, estarían reunidas en el presente caso los recaudos previstos por el artículo 4015 del Código Civil y Ley Nacional 21.477, que sustentaría la prescripción adquisitiva a favor de la Provincia de Buenos Aires,Que en consecuencia, resulta procedente declarar operada la prescripción adquisitiva a favor de la Provincia de Buenos Aires de la fracción de tierra señalada, en los términos del artículo 4015 del Código Civil y Ley 21.477, modificada por su similar 24.320;

Que han producido despacho favorable la Dirección Provincial de Catastro Territorial y la Contaduría General de la Provincia;

Que de conformidad a lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º: Declárase operada la prescripción adquisitiva de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4015 del Código Civil y Ley Nacional 21.477, modificada por su similar 24.320 a favor de la provincia de Buenos Aires, de la fracción de tierra ubicada en la localidad de Ramos Mejía, jurisdicción del Partido de La Matanza, identificada catastralmente como: Circunscripción lI, Sección A, Manzana 1, Parcela 19 b, compuesta de una superficie de seiscientos seis metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (606,80 m2.), con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en la copia del plano obrante a fojas 2, aprobado con característica 70-142-96.

Artículo 2º: Dése intervención a la Escribanía General de Gobierno a extender la pertinente escritura declarativa de dominio de la referida tierra, para su ulterior inscripción en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

Artículo 3º: Copia autenticada del presente Decreto deberá ser remitida a la Contaduría General de la Provincia.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Gobierno.

Artículo 5º: Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección Provincial de Catastro Territorial a sus efectos.