Provincia de
Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 37
La Plata, 29 de marzo de 2010
VISTO la Resolución Nº 120/10 del Ministerio de Economía, por la que se aprueban los términos y condiciones para la emisión del Cuarto Tramo de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2010, las Leyes Nº 13767 y 14062, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, las Resoluciones Nº 15/10 y 22/10 de la Tesorería General de la Provincia y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de la Ley Nº 13767 otorga a la Tesorería General de la
Provincia la facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir
deficiencias estacionales de caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley
de Presupuesto General;
Que el artículo 43 de la Ley Nº 14062 de Presupuesto del Ejercicio 2010 fijó en
la suma de pesos dos mil quinientos millones ($ 2.500.000.000) o su equivalente
en moneda extranjera, el monto máximo de autorización para la emisión de Letras
del Tesoro;
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08,
establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el valor
nominal en circulación;
Que mediante la Resolución Nº 15/10 y su modificatoria Nº 22/10 de la Tesorería
General de la Provincia se aprobó un Programa de Emisión de Letras del Tesoro
para el Ejercicio 2010, que cuenta con un cronograma y establece los términos
generales del mismo, por un monto máximo de hasta valor nominal pesos dos mil
quinientos millones (VN $ 2.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera;
Que por Resoluciones Nº 18/10, 28/10 y 32/10 de la Tesorería General de la
Provincia se emitieron los tres primeros tramos del Programa por un monto total
de Valor Nominal pesos trescientos noventa y tres millones quinientos
diecisiete mil (VN $ 393.517.000);
Que por Resolución Nº 29/10 de la Tesorería General de la Provincia se
rescataron las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a 35
días con vencimiento el 4 de marzo de 2010, correspondientes al Primer Tramo
del Programa, por un monto total de Valor Nominal pesos cuarenta y seis
millones cuatrocientos noventa y siete mil (VN $ 46.497.000);
Que consecuentemente el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de
la presente alcanza la suma de Valor Nominal pesos trescientos cuarenta y siete
millones veinte mil (VN $ 347.020.000);
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08,
instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las
respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante la Resolución Nº 120/10 del Ministerio de Economía, se
han establecido los términos y condiciones del Cuarto Tramo del Programa de
Emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta Valor Nominal pesos ochenta
millones (VN $ 80.000.000);
Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 120/10 del Ministerio de
Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del
Tesoro a emitir a cincuenta y un (51) días con vencimiento el 20 de mayo de
2010, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $
30.000.000);
Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece
los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a
ochenta y seis (86) días con vencimiento el 24 de junio de 2010, por un monto
de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000);
Que finalmente el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos
y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento setenta y
siete (177) días con vencimiento el 23 de septiembre de 2010, por un monto de
hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en
cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto
Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones
electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado,
en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con
Letras;
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro
serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por la Caja
de Valores Sociedad Anónima, en su calidad de entidad depositaria conforme lo
establecido por la Ley Nº 20643;
Que el artículo 4º de la Resolución Nº 120/10 autoriza a la Subsecretaría de
Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, a
establecer la variable de corte, elaborar el ordenamiento y el listado de
preadjudicación de las ofertas recibidas desde el M.A.E.;
Que conforme al artículo 6º de la Resolución antes mencionada, la Subsecretaría
de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, se
encuentra facultada a ampliar el monto a ser colocado, así como a declarar
total o parcialmente desierta la licitación pública según se determine;
Que conforme al artículo 7º de la Resolución referida, la Subsecretaría de
Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público
conformó la adjudicación e informó a esta Tesorería General de la Provincia el
resultado de la licitación pública;
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su
competencia en el acto licitatorio;
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en
la Ley Nº 14062 de Presupuesto para el Ejercicio 2010;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las
Leyes Nº 13767 y 14062 y el Decreto Nº 3260/08.
.Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Emitir
Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cincuenta y un
(51) días con vencimiento el 20 de mayo de 2010 por un importe de Valor Nominal
pesos ciento cincuenta y siete millones ciento setenta y cinco mil (VN $
157.175.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de
Buenos Aires en pesos a cincuenta y un (51) días con vencimiento el 20 de mayo
de 2010”.
b)
Moneda de emisión y pago: Pesos.
c)
Fecha de la Licitación: 29 de marzo de 2010.
d)
Fecha de emisión: 30 de marzo de 2010.
e)
Fecha de Liquidación: 30 de marzo de 2010.
f)
Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento
cincuenta y siete millones ciento setenta y cinco mil (VN $ 157.175.000).
g)
Denominación mínima y unidad mínima de negociación:
valor nominal pesos uno (VN $ 1).
h)
Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i)
Plazo: cincuenta y un (51) días.
j)
Vencimiento: 20 de mayo de 2010.
k)
Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un
día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l)
Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y
Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la
Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m)
Régimen de colocación: licitación pública.
n)
Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa
de precio único.
ñ)
Tipo de Oferta: oferta parcial.
o)
Importe de las ofertas:
1
) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de
valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal
pesos cien mil (VN $ 100.000).
2
) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3
) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor
nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p)
Forma de liquidación: a través de Argenclear
Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el
M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de
colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en
nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r)
Titularidad: estarán representadas por un
Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones
por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E.
autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del
Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las
licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,020% sobre el
monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las
operaciones.
t)
Participantes: podrán participar de las
licitaciones:
1)
Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2)
Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y
Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente a
través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas,
deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades
mencionadas en 1 y 2.
u)
Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de
Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del
Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
v)
Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos
Aires.
w)
Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores
Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los
tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x)
Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y)
Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser
rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z)
Legislación aplicable: Argentina
a)
Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas
dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir
Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ochenta y seis
(86) días con vencimiento el 24 de junio de 2010 por un importe de Valor
Nominal pesos treinta y cinco millones seiscientos setenta y cuatro mil (VN $
35.674.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a
ochenta y seis (86) días con vencimiento el 24 de junio de 2010”.
b)
Moneda de emisión y pago: Pesos.
c)
Fecha de la Licitación: 29 de marzo de 2010.
d)
Fecha de emisión: 30 de marzo de 2010.
e)
Fecha de Liquidación: 30 de marzo de 2010.
f)
Monto total a ser colocado: por un monto de
Valor Nominal pesos treinta y cinco millones seiscientos setenta y cuatro mil
(VN $ 35.674.000)
g)
Denominación mínima y unidad mínima de
negociación: valor nominal pesos uno (VN $ 1).
h)
Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i)
Plazo: ochenta y seis (86) días.
j)
Vencimiento: 24 de junio de 2010.
k)
Amortización: íntegra al vencimiento. Si la
fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil
inmediato posterior.
l)
Garantía: recursos provenientes del
Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido
por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación
Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos,
ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m)
Régimen de colocación: licitación pública.
n)
Régimen de adjudicación: subasta tipo
holandesa de precio único.
ñ)
Tipo de Oferta: oferta parcial.
o)
Importe de las ofertas:
1
) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de
valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal
pesos cien mil (VN $ 100.000).
2
) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3
) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor
nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p)
Forma de liquidación: a través de Argenclear
Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el
M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación,
y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país,
de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r)
Titularidad: estarán representadas por un
Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s)
Comisiones por terceros: tendrán derecho a
comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las
colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente,
incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados
títulos. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se
pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán
participar de las licitaciones:
1
) Agentes del M.A.E. autorizados a
tal efecto.
2
) Agentes pertenecientes a la Red de
Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente
a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas,
deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades
mencionadas en 1 y 2.
u)
Agente de cálculo: será la Dirección Provincial
de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del
Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
v)
Agente Financiero: Banco de la Provincia de
Buenos Aires.
w)
Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores
Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los
tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x)
Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad
Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
z)
Legislación aplicable: Argentina.
a)
Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones
impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Emitir
Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento setenta y
siete (177) días con vencimiento el 23 de septiembre de 2010 por un importe de
Valor Nominal pesos un millón quinientos mil (VN $ 1.500.000) de acuerdo a los
siguientes términos y condiciones financieras:
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de
Buenos Aires en pesos a ciento setenta y siete (177) días con vencimiento el 23
de septiembre de 2010”.
b)
Moneda de emisión y pago: Pesos.
c)
Fecha de la Licitación: 29 de marzo de 2010.
d)
Fecha de emisión: 30 de marzo de 2010.
e)
Fecha de Liquidación: 30 de marzo de 2010.
f)
Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos un millón
quinientos mil (VN $ 1.500.000)
g)
Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno (VN
$ 1).
h)
Interés:
1
) Tasa aplicable: se determinará como el promedio
aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de
pesos un millón ($ 1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35)
días,–Badlar Bancos Privados o aquella que en el futuro la sustituya, calculado
considerando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la
República Argentina desde los diez (10) días hábiles anteriores al inicio de
cada período de interés y hasta los diez (10) días hábiles anteriores al
vencimiento de cada servicio de interés más un margen fijo resultante de la
licitación expresado en porcentaje (%) nominal anual.
2
) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor
nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la
fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de
los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior
hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3
) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2)
servicios de interés, el primero de ellos, el 23 de junio de 2010 y el segundo,
el 23 de septiembre de 2010. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el
pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4
) Convención de Intereses: días reales sobre días
reales.
i)
Plazo: ciento setenta y siete (177) días.
j)
Vencimiento: 23 de septiembre de 2010.
k)
Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un
día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l)
Garantía: Recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y
Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la
Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m) Régimen de
colocación: licitación pública.
n) Régimen de
adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta:
oferta parcial.
o) Importe de
las ofertas:
1)
Tramo Competitivo: el importe mínimo será de
valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal
pesos cien mil (VN $ 100.000).
2)
Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3)
Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor
nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de
liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación,
y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país,
de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r)
Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones
por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E.
autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del
Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las
licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,030% sobre el
monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las
operaciones.
t)
Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1
) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2
) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y
Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores, únicamente a través del Banco de
Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas,
deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades
mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de
cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de
la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de
Buenos Aires.
v) Agente
Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
w) Forma de
pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su
acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con
derecho al cobro.
x) Entidad
Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate
anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en
forma anticipada.
z)
Legislación aplicable: Argentina.
a) Tratamiento
impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y
reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2010 – Ley Nº 14062 – Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Administración Central – Jurisdicción 08 – Jurisdicción Auxiliar 02: Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia – PAN 007-GRU 005- Finalidad 1 Función 3 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.
ARTICULO 5º. Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Rubén Telechea
Subtesorero General
C.C. 3.773