DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOCIAL

DECRETO 378

 

 

 

La Plata, 29 de abril de 2011.

 

 

 

 

 

VISTO el expediente Nº 21702-26059/10 del Ministerio de Desarrollo Social, Cuerpos

 

 

I al IX y el Decreto Nº 2.502 de fecha 24 de noviembre de 2010, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que mediante dicho acto administrativo se autorizó, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, el llamado a Licitación Pública Nº 25/10, tendiente a lograr la adquisición de un millón doscientos mil (1.200.000) paquetes de azúcar blanca por un (1) kilogramo, un millón doscientos mil (1.200.000) paquetes de yerba mate elaborada con palo por quinientos (500) gramos, dos millones cien mil (2.100.000) paquetes de fideos secos tipo tallarín por quinientos (500) gramos, dos millones cien mil (2.100.000) paquetes de fideos secos tipo guisero por quinientos (500) gramos, un millón quinientos mil (1.500.000) paquetes de arroz blanco “0000” por un (1) kilogramo, un millón doscientos mil (1.200.000) botellas de aceite comestible por un (1) litro, un millón doscientos mil (1.200.000) paquetes de puré de tomate por quinientos veinte/quinientos treinta (520/530) gramos, un millón doscientos mil (1.200.000) paquetes de harina de maíz por un (1) kilogramo y un millón doscientos mil (1.200.000) paquetes de harina de trigo “000” por un (1) kilogramo, con destino a la Dirección de Asistencia Crítica –Área Asistencia Social Directa-;

 

 

 

 

 

Que a fojas 149/156 obra Acta de Muestras recepcionadas, de fecha 22 de diciembre de 2010;

 

 

 

 

 

Que a fojas 767/768 luce el Acta de Apertura realizada el día 27 de diciembre de 2010, donde consta que se presentaron las firmas: MOLINOS TRES ARROYOS S.A., GRUPO SUREÑA S.R.L., DIBER S.A., COPACABANA S.A., GRUPO SALA S.A., ALIMENTOS GENERALES S.A., GRUPO DIVARIO S.R.L., INDUSTRIAS ALIMENTICIAS SALTO S.A.C.I.F.A., CORNIJON S.A., MOLINOS Y ESTABLECIMIENTOS BRÜNING S.A., DASEM S.R.L., OLIGRA S.A., HUGO OSCAR HOLOWATY y CONDIMENT S.A., conformándose el cuadro comparativo de precios a fojas 1846;

 

 

 

 

 

Que atento a ello, a fojas 1861 la Subsecretaría de Coordinación Operativa, solicita a la Dirección de Asistencia Crítica que realice informe técnico de la contratación de referencia;

 

 

 

 

 

Que a fojas 1863/1866 el Área Control de Calidad da cumplimiento a lo solicitado precedentemente;

 

 

 

 

 

Que a fojas 1882/1887 luce Acta de Preadjudicación Nº 11/11 emitida por la Comisión Asesora de Preadjudicación con fecha 9 de febrero de 2011;

 

 

 

 

 

Que a fojas 1890/1901 y 1903/1906 obran constancias de las notificaciones efectuadas, conforme lo dispuesto por el artículo 51 del Reglamento de Contrataciones vigente;

 

 

 

 

 

Que ha dictaminado a fojas 1909/1910 la Asesoría General de Gobierno e informado la Contaduría General de la Provincia a fojas 1931/1932;

 

 

 

 

 

Que a fojas 1949 y vuelta toma vista la Fiscalía de Estado;

 

 

 

 

 

Que a fojas 1952 obra el compromiso provisorio para atender la presente gestión;

 

 

 

 

 

Que la firma COPACABANA S.A. presenta fotocopias certificadas y legalizadas de los registros de R.N.E. y R.N.P.A. actualizados de sus productos y marcas azúcar Domino, Más y Santa Clara, yerba mate Yeruti y Sierras del Iman y harina “000” Sarita;

 

 

 

 

 

Que atento al tiempo transcurrido las firmas preadjudicatarias mantienen el plazo de sus ofertas por el término de treinta (30) días;

 

 

 

 

 

Que asimismo, presentan Pólizas de Seguro de Caución, cuyas copias certificadas obran a fojas 1994/1996, 2001/2006, 2009/2014, 2018/2020, 2022/2026, 2032/2036, 2038/2040, 2044/2050, 2055/2057 y 2059/2064, conforme el artículo 26 del Reglamento de Contrataciones vigente;

 

 

 

 

 

Que a fojas 2067 la Dirección de Compras y Contrataciones considera que correspondería dejar en suspenso la preadjudicación recaída sobre la firma ALIMENTOS GENERALES S.A., en virtud que la citada fue eliminada del Registro de Proveedores del Estado por Resolución Nº 911/10 de la Contaduría General de la Provincia –conforme actuaciones obrantes a fojas 2068/2069;

 

 

 

 

 

Que lo expuesto tiene su fundamento en la necesidad de contar con los stocks suficientes de víveres secos con destino a los Programas de la Dirección de Asistencia Crítica, ello así, en razón del tiempo administrativo que demandaría una nueva intervención de la Comisión Asesora de Preadjudicación, la notificación y firmeza de la misma, y la posterior intervención y vista de los Organismos de Asesoramiento y Control para proceder finalmente a la nueva adjudicación;

 

 

 

 

 

Que asimismo se deja en claro que una vez concluida la contratación parcial, se continuará

 

 

con el proceso administrativo precedentemente citado con el objeto de cumplimentar la adquisición de los productos no adjudicados;

 

 

 

 

 

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto administrativo, conforme lo prescripto en los artículos 2º, apartado b) inciso 1º y 52 del Reglamento de Contrataciones vigente;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social la Licitación

 

 

Pública Nº 25/10, autorizada por Decreto Nº 2502/10, cuya apertura se realizó el día 27

 

 

de diciembre de 2010, tendiente a lograr la adquisición de un millón doscientos mil

 

 

(1.200.000) paquetes de azúcar blanca por un (1) kilogramo, un millón doscientos mil

 

 

(1.200.000) paquetes de yerba mate elaborada con palo por quinientos (500) gramos, dos

 

 

millones cien mil (2.100.000) paquetes de fideos secos tipo tallarín por quinientos (500)

 

 

gramos, dos millones cien mil (2.100.000) paquetes de fideos secos tipo guisero por quinientos (500) gramos, un millón quinientos mil (1.500.000) paquetes de arroz blanco

 

 

“0000” por un (1) kilogramo, un millón doscientos mil (1.200.000) botellas de aceite

 

 

comestible por un (1) litro, un millón doscientos mil (1.200.000) paquetes de puré de

 

 

tomate por quinientos veinte/quinientos treinta (520/530) gramos, un millón doscientos

 

 

mil (1.200.000) paquetes de harina de maíz por un (1) kilogramo y un millón doscientos

 

 

mil (1.200.000) paquetes de harina de trigo “000” por un (1) kilogramo, con destino a la

 

 

Dirección de Asistencia Crítica –Área Asistencia Social Directa;

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º. Adjudicar bajo los términos de los artículos 43 (segundo párrafo)

 

 

–Responsabilidad por Informes Técnicos- y 47 –Principio del Menor Valor- del

 

 

Reglamento de Contrataciones vigente y bajo la exclusiva responsabilidad del funcionario

 

 

que propicia el presente llamado, a las firmas: MOLINOS TRES ARROYOS S.A., el

 

 

Renglón Nº 3: 600.000 paquetes de fideos secos tipo tallarín por 500 gramos, marca Sol

 

 

Pampeano, R.N.E. Nº 02-031994 y R.N.P.A. Nº 02-527773, a un precio unitario de $ 2,31,

 

 

haciendo un total de Pesos un millón trescientos ochenta y seis mil ($ 1.386.000), el

 

 

Renglón Nº 4: 600.000 paquetes de fideos secos tipo guiseros por 500 gramos, marca

 

 

Sol Pampeano, R.N.E. Nº 02-031994 y R.N.P.A. Nº 02-527773, a un precio unitario de $

 

 

1,89, haciendo un total de Pesos un millón ciento treinta y cuatro mil ($ 1.134.000) y el

 

 

Renglón Nº 9: 200.000 paquetes de harina de trigo “000” por 1 kilogramo, marca Sol

 

 

Pampeano, R.N.E. Nº 02-031994 y R.N.P.A. Nº 02-516290, a un precio unitario de $ 2,28,

 

 

haciendo un total de Pesos cuatrocientos cincuenta y seis mil ($ 456.000), haciendo un

 

 

total para la propuesta de la firma de Pesos dos millones novecientos setenta y seis mil

 

 

($ 2.976.000), COPACABANA S.A.: el Renglón Nº 1: 300.000 paquetes de azúcar blanca

 

 

por 1 kilogramo, marcas Domino R.N.E. Nº 23003998 y R.N.P.A. Nº 23038461 y/o

 

 

Voluntario R.N.E. Nº 02-031203 y R.N.P.A. Nº 02-517599/02-320018, a un precio unitario

 

 

de $ 5,98, haciendo un total de Pesos un millón setecientos noventa y cuatro mil ($

 

 

1.794.000), el Renglón Nº 2: 200.000 paquetes de yerba mate por 500 gramos, marca La

 

 

Posadeña, R.N.E. Nº 14000265 y R.N.P.A. Nº 14023748, a un precio unitario de $ 3,02,

 

 

haciendo un total de Pesos seiscientos cuatro mil ($ 604.000), el Renglón Nº 5: 300.000

 

 

paquetes de arroz blanco “0000” por 1 kilogramo, marca Dulcinea, R.N.E. Nº 02-033584

 

 

y R.N.P.A. Nº 02-358416, a un precio unitario de $ 3,83, haciendo un total de Pesos un

 

 

millón ciento cuarenta y nueve mil ($ 1.149.000), el Renglón Nº 6: 200.000 botellas de

 

 

aceite comestible en envases de 1 litro, marca Índigo, R.N.E. Nº 21-059474-1 y R.N.P.A.

 

 

Nº 21-019673, a un precio unitario de $ 5,83, haciendo un total de Pesos un millón ciento

 

 

sesenta y seis mil ($ 1.166.000), el Renglón Nº 8: 300.000 paquetes de harina de maíz

 

 

por 1 kilogramo, marca Barlovento, R.N.E. Nº 02-034480 y R.N.P.A. Nº 02-532591, a un

 

 

precio unitario de $ 2,46, haciendo un total de Pesos setecientos treinta y ocho mil ($

 

 

738.000) y el Renglón Nº 9: 300.000 paquetes de harina de trigo “000” por 1 kilogramo,

 

 

marcas Doña Anita, R.N.E. Nº 02-031583 y R.N.P.A. Nº 02-524666, Sarita R.N.E. Nº 02-

 

 

030118 y R.N.P.A. Nº 02-516036 y/o Carsa, R.N.E. Nº 02-034100 y R.N.P.A. Nº 02-

 

 

565380, a un precio unitario de $ 2,31, haciendo un total de Pesos seiscientos noventa y

 

 

tres mil ($ 693.000), haciendo un total para la propuesta de la firma de Pesos seis millones

 

 

ciento cuarenta y cuatro mil ($ 6.144.000), GRUPO SALA S.A.: el Renglón Nº 1:

 

 

100.000 paquetes de azúcar blanca por 1 kilogramo, marca Chango, R.N.E. Nº

 

 

170017647 y R.N.P.A. Nº 17002588, a un precio unitario de $ 5,99, haciendo un total de

 

 

Pesos quinientos noventa y nueve mil ($ 599.000), el Renglón Nº 5: 200.000 paquetes de

 

 

arroz blanco “0000” por 1 kilogramo, marca Lucato, R.N.E. Nº 025/08006367 y R.N.P.A.

 

 

Nº 025/08006367/003, a un precio unitario de $ 3,82, haciendo un total de Pesos setecientos sesenta y cuatro mil ($ 764.000) y el Renglón Nº 7: 300.000 envases de puré de

 

 

tomate por 520/530 gramos, marca Monte Nevi, R.N.E. Nº 02-032555 y R.N.P.A. Nº 02-

 

 

513905, a un precio unitario de $ 2,45, haciendo un total de Pesos setecientos treinta y

 

 

cinco mil ($ 735.000), haciendo un total para la propuesta de la firma de Pesos dos millones

 

 

noventa y ocho mil ($ 2.098.000), GRUPO DIVARIO S.R.L.: el Renglón Nº 1: 100.000

 

 

paquetes de azúcar blanca por 1 kilogramo, marca Voluntario, R.N.E. Nº 02-031203 y

 

 

R.N.P.A. Nº 02-517599 y 02-320018, a un precio unitario de $ 5,90, haciendo un total de

 

 

Pesos quinientos noventa mil ($ 590.000), el Renglón Nº 6: 150.000 botellas de aceite

 

 

comestible en envases de 1 litro, marca Casaliva, R.N.E. Nº 02-033978 y R.N.P.A. Nº 02-

 

 

522104, a un precio unitario de $ 5,85, haciendo un total de Pesos ochocientos setenta

 

 

y siete mil quinientos ($ 877.500) y el Renglón Nº 7: 300.000 envases de puré de tomate

 

 

por 520/530 gramos, marcas Sabbortucc, R.N.E. Nº 13005427 y R.N.P.A. Nº 025-

 

 

13035446 y/o Mora, R.N.E. Nº 13005218 y R.N.P.A. Nº 025-13029305, a un precio unitario de $ 2,48, haciendo un total de Pesos setecientos cuarenta y cuatro mil ($ 744.000),

 

 

haciendo un total para la propuesta de la firma de Pesos dos millones doscientos once

 

 

mil quinientos ($ 2.211.500), HUGO OSCAR HOLOWATY: el Renglón Nº 2: 500.000

 

 

paquetes de yerba mate por 500 gramos, marca Yeruti, R.N.E. Nº 14000816 y R.N.P.A.

 

 

Nº 14022790, a un precio unitario de $ 2,99, haciendo un total para la propuesta de la

 

 

firma de Pesos un millón cuatrocientos noventa y cinco mil ($ 1.495.000), MOLINOS Y

 

 

ESTABLECIMIENTOS BRÜNING S.A.: el Renglón Nº 3: 500.000 paquetes de fideos

 

 

secos tipo tallarín por 500 gramos, marca Invicta, R.N.E. Nº 21000861 y R.N.P.A. Nº

 

 

21022349, a un precio unitario de $ 2,30, haciendo un total de Pesos un millón ciento cincuenta mil ($ 1.150.000), el Renglón Nº 4: 500.000 paquetes de fideos secos tipo guiseros por 500 gramos, marca Invicta, R.N.E. Nº 21000861 y R.N.P.A. Nº 21022349, a un precio unitario de $ 1,90, haciendo un total de Pesos novecientos cincuenta mil ($

 

 

950.000), el Renglón Nº 7: 200.000 envases de puré de tomate por 520/530 gramos,

 

 

marca Invicta, R.N.E. Nº 16000317 y R.N.P.A. Nº 16006765, a un precio unitario de $

 

 

2,40, haciendo un total de Pesos cuatrocientos ochenta mil ($ 480.000) y el Renglón Nº

 

 

9: 200.000 paquetes de harina de trigo “000” por 1 kilogramo, marca Brüning, R.N.E. Nº

 

 

21-000861 y R.N.P.A. Nº 21-001209, a un precio unitario de $ 2,30, haciendo un total de

 

 

Pesos cuatrocientos sesenta mil ($ 460.000), haciendo un total para la propuesta de la

 

 

firma de Pesos tres millones cuarenta mil ($ 3.040.000), OLIGRA S.A.: el Renglón Nº 5:

 

 

200.000 paquetes de arroz blanco “0000” por 1 kilogramo, marca Pradella, R.N.E. Nº 02-

 

 

033978 y R.N.P.A. Nº 02-52531, a un precio unitario de $ 3,70, haciendo un total de

 

 

Pesos setecientos cuarenta mil ($ 740.000) y el Renglón Nº 6: 500.000 botellas de aceite

 

 

comestible en envases de 1 litro, marca Casaliva, R.N.E. Nº 02-033978 y R.N.P.A. Nº

 

 

02-522104, a un precio unitario de 5,70, haciendo un total de Pesos dos millones ochocientos cincuenta mil ($ 2.850.000), haciendo un total para la propuesta de la firma de

 

 

Pesos tres millones quinientos noventa mil ($ 3.590.000), INDUSTRIAS ALIMENTICIAS

 

 

SALTO S.A.C.I.F.A.: el Renglón Nº 6: 100.000 botellas de aceite comestible en envases

 

 

de 1 litro, marca Índigo, R.N.E. Nº 21-059474-1 y R.N.P.A. Nº 21-019673, a un precio unitario de 5,80, haciendo un total de Pesos quinientos ochenta mil ($ 580.000) y el Renglón Nº 8: 500.000 paquetes de harina de maíz por 1 kilogramo, marca La Sirena MR, R.N.E. Nº 02-030974 y R.N.P.A. Nº 02-515019, a un precio unitario de $ 2,49, haciendo un total de Pesos un millón doscientos cuarenta y cinco mil ($ 1.245.000), haciendo un total para la propuesta de la firma de Pesos un millón ochocientos veinticinco mil ($ 1.825.000) y DASEM S.R.L.: el Renglón Nº 1: 100.000 paquetes de azúcar blanca por 1 kilogramo,

 

 

marca Sol Tucumano, R.N.E. Nº 02-031203 y R.N.P.A. Nº 23028855, a un precio unitario

 

 

de $ 5,89, haciendo un total de Pesos quinientos ochenta y nueve mil ($ 589.000) y el

 

 

Renglón Nº 6: 135.000 botellas de aceite comestible en envases de 1 litro, marca Índigo,

 

 

R.N.E. Nº 21-059474-1 y R.N.P.A. Nº 21-019673, a un precio unitario de 5,81, haciendo

 

 

un total de Pesos setecientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta ($ 784.350),

 

 

haciendo un total para la propuesta de la firma de Pesos un millón trescientos setenta y

 

 

tres mil trescientos cincuenta ($ 1.373.350), ascendiendo la totalidad de la contratación

 

 

a la suma de Pesos veinticuatro millones setecientos cincuenta y dos mil ochocientos

 

 

cincuenta ($ 24.752.850), con un plazo de entrega a requerimiento del Área, dentro de los

 

 

ciento ochenta (180) días de recepcionada la respectiva Orden de Compra, con la posibilidad de ser incrementada/reducida hasta en un cincuenta por ciento (50%) el total

 

 

adjudicado, encuadrándose legalmente en los términos de los artículo 2º, apartado b)

 

 

inciso 1º y 52 del Reglamento de Contrataciones vigente, bajo la exclusiva responsabilidad

 

 

de los funcionarios que la promueven.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º. Desestimar las ofertas de las firmas: GRUPO SUREÑA S.R.L., DIBER

 

 

S.A., COPACABANA S.A., GRUPO SALA S.A., ALIMENTOS GENERALES S.A., GRUPO DIVARIO S.R.L., CORNIJON S.A., MOLINOS Y ESTABLECIMIENTOS HARINEROS BRÜNING S.A., DASEM S.R.L. y CONDIMENT S.A., por los motivos expuestos por la Comisión Asesora de Preadjudicación a fojas 1882/1887.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente

 

 

deberá ser atendido con cargo a la siguiente imputación: JURISDICCIÓN 11118 –

 

 

PROGRAMA 12 – SUBPROGRAMA 2 – FINALIDAD 3 - FUNCIÓN 2 - FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1.3 – PARTIDA PRINCIPAL 5 - SUBPRINCIPAL 1 - PARTIDA PARCIAL 4 - SUBPARCIAL 8. Pesos veinticuatro millones setecientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta ($ 24.752.850). Presupuesto General año 2011, aprobado por Ley Nº 14.199.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 6º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar al Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Baldomero Álvarez de Olivera                                     Daniel Osvaldo Scioli

 

 

Ministro de Desarrollo Social                          Gobernador